FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº20.370 CON LAS NORMAS NO DEROGADAS DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE 2005
Articolo 110Las universidades e institutos profesionales Ley Nº 18
In vigore · versione del 11 feb 2026
Art. 110. Las universidades e institutos profesionales Ley Nº 18.962 Art. creados y organizados en virtud de las normas contenidas en 81 (82) D.O. los decretos con fuerza de ley Nº 1 de 1980 y Nº 5 de 10.03.1990 1981, del Ministerio de Educación Pública, se DFL Nº 1, de 2005, considerarán de pleno derecho reconocidos oficialmente. del Ministerio de Las universidades e institutos profesionales que a la Educación Art. 85 fecha de publicación de esta ley hubieren obtenido su D.O. 21.02.2006 autonomía de acuerdo a la legislación vigente la mantendrán de pleno derecho.