FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº20.370 CON LAS NORMAS NO DEROGADAS DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE 2005
Articolo 6Es deber del Estado propender a asegurar una
In vigore · versione del 11 feb 2026
Art. 6º. Es deber del Estado propender a asegurar una educación de calidad y procurar que ésta sea impartida a Ley Nº 20.370 Art. todos, tanto en el ámbito público como en el privado. 6º D.O. 12.09.2009 Corresponderá al Ministerio de Educación, al Consejo Nacional de Educación, a la Agencia de Calidad de la Educación y a la Superintendencia de Educación, en el ámbito de sus competencias, la administración del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación, de conformidad a las normas establecidas en la ley.