Ley 44/2003

Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto y ámbito de aplicación

Articolo 2Profesiones sanitarias tituladas

Articolo 3Profesionales del área sanitaria de formación profesional

Articolo 4Principios generales

Articolo 5Principios generales de la relación entre los profesionales sanitarios y las personas atendidas por ellos

Articolo 6Licenciados sanitarios

Articolo 7Diplomados sanitarios

Articolo 8Ejercicio profesional en las organizaciones sanitarias

Articolo 9Relaciones interprofesionales y trabajo en equipo

Articolo 10Gestión clínica en las organizaciones sanitarias

Articolo 11Investigación y docencia

Articolo 12Principios rectores

Articolo 13De la formación universitaria

Articolo 14Conciertos entre las universidades y los servicios de salud, instituciones y centros sanitarios

Articolo 15Carácter y objeto de la formación especializada

Articolo 16Títulos de Especialistas en Ciencias de la Salud

Articolo 17Expedición del título de especialista

Articolo 18Reconocimiento profesional de títulos de especialista obtenidos en Estados extranjeros

Articolo 19Estructura general de las especialidades

Articolo 20Sistema de formación de especialistas

Articolo 21Programas de formación

Articolo 22Acceso a la formación especializada

Articolo 23Formación para una nueva especialización

Articolo 24Áreas de Capacitación Específica

Articolo 25Formación en Áreas de Capacitación Específica

Articolo 26Acreditación de centros y unidades docentes

Articolo 27Comisiones de docencia

Articolo 28Comisiones Nacionales de Especialidad

Articolo 29Comités de Áreas de Capacitación Específica

Articolo 30Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud

Articolo 31Apoyo técnico y secretaría de las comisiones

Articolo 32Registros

Articolo 33Principios generales

Articolo 34Comisión de Formación Continuada

Articolo 35Acreditación de centros, actividades y profesionales

Articolo 36Diplomas de Acreditación y Diplomas de Acreditación Avanzada

Articolo 37Normas generales

Articolo 38Desarrollo profesional

Articolo 39Homologación del reconocimiento del desarrollo profesional

Articolo 40Modalidades y principios generales del ejercicio privado

Articolo 41Prestación de servicios por cuenta ajena

Articolo 42Prestación de servicios por cuenta propia

Articolo 43Registros de profesionales

Articolo 44Publicidad del ejercicio profesional privado

Articolo 45Seguridad y calidad en el ejercicio profesional privado

Articolo 46Cobertura de responsabilidad

Articolo 47Foro Profesional

Articolo 48Composición y adscripción

Articolo 49Régimen de funcionamiento

Articolo 50Funciones

Disposizione adicional primeraRelación laboral especial de residencia

Disposizione adicional segundaReserva de denominaciones

Disposizione adicional terceraFormación de especialistas sanitarios en plazas de la Red Sanitaria Militar

Disposizione adicional cuartaEfectos retributivos del sistema de desarrollo profesional

Disposizione adicional quintaAplicación de esta ley a las profesiones sanitarias

Disposizione adicional sextaExclusiones a la aplicación de esta ley por motivos de seguridad pública

Disposizione adicional séptimaCarácter de profesionales sanitarios

Disposizione adicional octavaRégimen de infracciones y sanciones

Disposizione adicional novenaEvaluación del desarrollo profesional en centros sanitarios de investigación

Disposizione adicional décimaDirección de centros sanitarios

Disposizione adicional undécima

Disposizione transitoria primeraAplicación progresiva del artículo 22.2 de esta ley

Disposizione transitoria segundaImplantación del sistema de desarrollo profesional

Disposizione transitoria terceraDefinición y estructuración de las profesiones sanitarias y de los profesionales del área sanitaria de formación profesional

Disposizione transitoria cuartaEspecialidades sanitarias cuyo sistema de formación no es el de residencia

Disposizione transitoria quintaCreación de nuevos títulos de Especialista y de Diplomas de Áreas de Capacitación Específica en Ciencias de la Salud

Disposizione transitoria sextaConstitución de órganos colegiados

Disposizione transitoria séptimaExpedición de títulos de especialista en Ciencias de la Salud

Disposizione derogatoria únicaDerogación de normas

Disposizione final primeraTítulo competencial

Disposizione final segundaInformes sobre financiación

Disposizione final terceraEntrada en vigor

Citenza

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