Ley 9/2022

Ley 9/2022, de 27 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales de Cantabria.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto de la ley

Articolo 2Ámbito de aplicación

Articolo 3La coordinación

Articolo 4Funciones en materia de coordinación

Articolo 5Órganos autonómicos de coordinación

Articolo 6Competencias del Consejo de Gobierno

Articolo 7Normas-marco

Articolo 8Competencias de la Consejería competente en materia de coordinación de Policías Locales

Articolo 9La Comisión de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Articolo 10Composición

Articolo 11Funciones de la Comisión

Articolo 12Régimen de funcionamiento de la Comisión de Coordinación de Policías Locales de Cantabria

Articolo 13El Registro de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Articolo 14Creación de Cuerpos de Policía Local

Articolo 15Naturaleza y denominación de los Cuerpos de Policía Local

Articolo 16Ámbito territorial

Articolo 17Colaboración entre municipios para atender necesidades temporales del servicio de Policía Local

Articolo 18Asociación de municipios para la prestación del servicio de Policía Local

Articolo 19Principios básicos

Articolo 20Funciones

Articolo 21Uniformidad

Articolo 22Acreditación profesional

Articolo 23Medios técnicos y armamento

Articolo 24Escalas y categorías

Articolo 25Funciones de las Escalas

Articolo 26Jefatura del Cuerpo de Policía Local

Articolo 27Plantillas y relaciones de puestos de trabajo

Articolo 28El Reglamento del Cuerpo

Articolo 29Principios generales

Articolo 30Bases de las convocatorias

Articolo 31Órganos de selección

Articolo 32Sistemas de acceso

Articolo 33Turno libre

Articolo 34Promoción interna

Articolo 35Promoción mixta

Articolo 36De la movilidad

Articolo 37Concurso de méritos

Articolo 38Permutas

Articolo 39Comisión de servicios

Articolo 40De la formación de las Policías Locales

Articolo 41Disposiciones estatutarias comunes

Articolo 42Derechos específicos

Articolo 43Derecho a la protección de la salud de las personas miembros de las Policías Locales

Articolo 44Medidas de protección de la mujer embarazada

Articolo 45Jubilación

Articolo 46Retribuciones

Articolo 47Igualdad de mujeres y hombres

Articolo 48Derecho a la carrera administrativa

Articolo 49Condecoraciones

Articolo 50Deberes

Articolo 51Interdicción de la huelga

Articolo 52Situaciones administrativas

Articolo 53Segunda actividad

Articolo 54Segunda actividad por razón de edad

Articolo 55Segunda actividad por razón de las condiciones físicas o psíquicas

Articolo 56Segunda actividad con destino en el propio Cuerpo de Policía Local

Articolo 57Segunda actividad sin destino en el propio Cuerpo de Policía Local

Articolo 58Régimen estatutario de la segunda actividad

Articolo 59Principios

Articolo 60Faltas muy graves

Articolo 61Faltas graves

Articolo 62Faltas leves

Articolo 63Extensión de responsabilidad

Articolo 64Sanciones

Articolo 65Graduación de las sanciones

Articolo 66Extinción de la responsabilidad, prescripción de las faltas y prescripción de las sanciones

Articolo 67Regulación legal

Articolo 68Criterios generales

Articolo 69Medidas cautelares

Articolo 70Auxiliares de policía

Articolo 71Condición de autoridad, uniformidad, acreditación y condecoraciones

Articolo 72Proceso selectivo de los auxiliares de policía

Articolo 73Incrementos transitorios de personal

Disposizione adicional primeraAdaptación de normas-marco

Disposizione adicional segundaAplicación supletoria para la regulación de la situación de segunda actividad

Disposizione adicional terceraAcceso a los Cuerpos de Policía Local del personal funcionario de los Cuerpos de Auxiliar de Policía

Disposizione adicional cuartaAcceso a los Cuerpos de Policía local del personal funcionario contemplado en el artículo 53.3 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Disposizione adicional quintaBaremación de méritos en los concursos de méritos y en las comisiones de servicio

Disposizione adicional sexta

Disposizione transitoria primeraProcesos de selección y provisión

Disposizione transitoria segundaCumplimiento del número mínimo de agentes

Disposizione transitoria terceraProceso selectivo de auxiliares de policía interinos en los casos de aumento notorio de población de forma estacional o temporal o por circunstancias excepcionales

Disposizione transitoria cuartaMunicipios que demandan mayor número de efectivos en el Cuerpo de Auxiliares de Policía, o con Cuerpo de Auxiliares de Policía creado antes de la entrada en vigor de esta ley

Disposizione derogatoria únicaDerogación de la Ley de Cantabria 5/2000, de 15 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales

Disposizione final primeraDesarrollo reglamentario

Disposizione final segundaEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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