Ley Orgánica 6/2001

Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Funciones de la Universidad

Articolo 2Autonomía universitaria

Articolo 3Naturaleza

Articolo 4Creación y reconocimiento

Articolo 5Creación de Universidades privadas y centros universitarios privados

Articolo 6Régimen jurídico

Articolo 7Centros y estructuras

Articolo 8Facultades, escuelas y escuelas de doctorado

Articolo 9Departamentos

Articolo 10Institutos Universitarios de Investigación

Articolo 11Centros de educación superior adscritos a universidades

Articolo 12Estructura y centros

Articolo 13Órganos de gobierno y representación de las Universidades públicas

Articolo 14Consejo Social

Articolo 15Consejo de Gobierno

Articolo 16Claustro Universitario

Articolo 17Junta Consultiva

Articolo 18Junta de Facultad o Escuela

Articolo 19Consejo de Departamento

Articolo 20Rector

Articolo 21Vicerrectores

Articolo 22Secretario general

Articolo 23Gerente

Articolo 24Decanos de Facultad y Directores de Escuela

Articolo 25Directores de Departamento

Articolo 26Directores de Institutos Universitarios de Investigación

Articolo 27Órganos de gobierno y representación de las Universidades privadas

Articolo 27 bisConferencia General de Política Universitaria

Articolo 28Consejo de Universidades

Articolo 29Composición del Consejo de Universidades

Articolo 30Organización del Consejo de Universidades

Articolo 30 bisCooperación entre Universidades

Articolo 30 terConvenios de colaboración para la creación y financiación de escuelas de doctorado

Articolo 31Garantía de la calidad

Articolo 32Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación

Articolo 33De la función docente

Articolo 34Títulos universitarios

Articolo 35Títulos oficiales

Articolo 36Convalidación o adaptación de estudios, validación de experiencia, equivalencia de títulos y homologación de títulos extranjeros

Articolo 37Estructura de las enseñanzas oficiales

Articolo 38Doctorado

Articolo 39La investigación y la transferencia del conocimiento. Funciones de la universidad

Articolo 40La investigación, derecho y deber del profesorado universitario

Articolo 41Fomento de la investigación, del desarrollo científico y de la innovación tecnológica en la Universidad

Articolo 42Acceso a la Universidad

Articolo 43Oferta de plazas en las Universidades públicas

Articolo 44Límites máximos de admisión de estudiantes

Articolo 45Becas y ayudas al estudio

Articolo 46Derechos y deberes de los estudiantes

Articolo 47Personal docente e investigador

Articolo 48Normas generales

Articolo 49Ayudantes

Articolo 50Profesores ayudantes doctores

Articolo 51Profesores colaboradores

Articolo 52Profesores contratados doctores

Articolo 53Profesores asociados

Articolo 54Profesores Visitantes

Articolo 54 bisProfesores Eméritos

Articolo 55Retribuciones del personal docente e investigador contratado

Articolo 56Cuerpos docentes universitarios

Articolo 57Acreditación nacional

Articolo 58Habilitación de Profesores Titulares de Escuelas Universitarias

Articolo 59Acreditación para Profesores Titulares de universidad

Articolo 60Acreditación para Catedráticos de universidad

Articolo 61Personal de cuerpos de funcionarios docentes universitarios que ocupen plaza vinculada a servicios asistenciales de instituciones sanitarias

Articolo 62Concursos para el acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios

Articolo 63Movilidad del profesorado

Articolo 64Garantías de las pruebas

Articolo 65Nombramientos

Articolo 66Comisiones de reclamaciones

Articolo 67Reingreso de excedentes al servicio activo

Articolo 68Régimen de dedicación

Articolo 69Retribuciones del personal docente e investigador funcionario

Articolo 70Relaciones de puestos de trabajo del profesorado

Articolo 71Áreas de conocimiento

Articolo 72Personal docente e investigador

Articolo 73El personal de administración y servicios

Articolo 74Retribuciones

Articolo 75Selección

Articolo 76Provisión de las plazas

Articolo 76 bisFormación y movilidad

Articolo 77Situaciones

Articolo 78Representación y participación

Articolo 79Autonomía económica y financiera

Articolo 80Patrimonio de la Universidad

Articolo 81Programación y presupuesto

Articolo 82Desarrollo y ejecución de los presupuestos

Articolo 83Colaboración con otras entidades o personas físicas

Articolo 84Creación de fundaciones y otras personas jurídicas

Articolo 85Centros en el extranjero

Articolo 86Centros que impartan enseñanzas con arreglo a sistemas educativos extranjeros

Articolo 87De la integración en el espacio europeo de enseñanza superior

Articolo 88De las enseñanzas y títulos y de la movilidad de estudiantes

Articolo 89Del profesorado

Articolo 89 bisDel personal de administración y servicios

Articolo 90Del deporte en la universidad

Articolo 91Coordinación en materia de deporte universitario

Articolo 92De la cooperación internacional y la solidaridad

Articolo 93De la cultura universitaria

Disposizione adicional primeraDe las Universidades creadas o reconocidas por Ley de las Cortes Generales

Disposizione adicional segundaDe la Universidad Nacional de Educación a Distancia

Disposizione adicional terceraDe la Universidad Internacional Menéndez Pelayo

Disposizione adicional cuartaDe las Universidades de la Iglesia Católica

Disposizione adicional quintaDe los colegios mayores y residencias universitarias

Disposizione adicional sextaDe otros centros docentes de educación superior

Disposizione adicional séptimaDel régimen de conciertos entre Universidades e instituciones sanitarias

Disposizione adicional octavaDel modelo de financiación de las Universidades públicas

Disposizione adicional novenaDe los cambios sobrevenidos en las Universidades privadas y centros de educación superior adscritos a Universidades públicas

Disposizione adicional décimaDe la movilidad temporal del personal de las Universidades

Disposizione adicional undécimaDe los nacionales de Estados no miembros de la Unión Europea

Disposizione adicional duodécimaDe los profesores asociados conforme al artículo 105 de la Ley General de Sanidad

Disposizione adicional decimoterceraDe la contratación de personal investigador, científico o técnico conforme a la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica

Disposizione adicional decimocuartaDel Defensor Universitario

Disposizione adicional decimoquintaDel acceso a los distintos ciclos de los estudios universitarios

Disposizione adicional decimosextaDe los títulos de especialista para profesionales sanitarios

Disposizione adicional decimoséptimaDe las actividades deportivas de las Universidades

Disposizione adicional decimoctavaDe las exenciones tributarias

Disposizione adicional decimonovenaDe las denominaciones

Disposizione adicional vigésimaRegistro de universidades, centros y títulos

Disposizione adicional vigésima primera

Disposizione adicional vigésima segunda

Disposizione adicional vigésima tercera

Disposizione adicional vigésima cuarta

Disposizione adicional vigésima quinta

Disposizione adicional vigésima sexta

Disposizione adicional vigésima séptima

Disposizione adicional vigésima octava

Disposizione adicional vigésima novena

Disposizione transitoria primeraDe la constitución del Consejo de Coordinación Universitaria

Disposizione transitoria segundaDel Claustro Universitario, del Rector y de la aprobación de los Estatutos de las Universidades públicas

Disposizione transitoria terceraDe la adaptación de las Universidades privadas a la presente Ley

Disposizione transitoria cuartaProfesores con contrato administrativo LRU

Disposizione transitoria quintaDe los actuales profesores asociados

Disposizione transitoria sextaDe los Maestros de Taller o Laboratorio y Capataces de Escuelas Técnicas

Disposizione transitoria séptimaDe los Profesores Numerarios de Escuelas Oficiales de Náutica

Disposizione transitoria octavaDe la aplicación de las normas establecidas para la habilitación y para los concursos de acceso para proveer plazas de los cuerpos de funcionarios docentes

Disposizione derogatoria únicaDerogación normativa

Disposizione final primeraTítulo competencial

Disposizione final segundaModificación de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad

Disposizione final terceraHabilitación para el desarrollo reglamentario

Disposizione final cuartaCarácter de Ley Orgánica de la presente Ley

Disposizione final quintaEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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