🇪🇸 Spagna
Real Decreto 175 unità
Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Real Decreto 2486/1998es-royal-decree-1998-11-20-248620 nov 1998
- Preambolo Preámbulo
- Articolo único
- Disposizione derogatoria única
- Disposizione final primera
- Disposizione final segunda
- Disposizione final tercera
- TÍTULO I. TITULO I
- Articolo 1 Objeto del presente Reglamento
- Articolo 2 Seguro privado
- Articolo 3 Ámbito objetivo
- TÍTULO II. TITULO II
- CAPÍTULO I. CAPITULO I
- Sección 1
- Articolo 4 Solicitud y autorización administrativa
- Articolo 5 Modificación de la documentación aportada
- Articolo 6 Efectos de la autorización. Entidades no autorizadas
- Articolo 7 Ampliación de actividad
- Articolo 8 Organizaciones y agrupaciones de entidades aseguradoras
- Sección 2
- Articolo 9 Denominación social
- Articolo 10 Domicilio social
- Sección 3
- Articolo 11 Normas aplicables
- Articolo 12 Estatutos
- Articolo 13 Derechos de los mutualistas
- Articolo 14 Obligaciones de los mutualistas
- Articolo 15 Órganos de gobierno
- Articolo 16 Composición y competencias de la Asamblea General
- Articolo 17 Adopción de acuerdos por la Asamblea General
- Articolo 18 Composición del Consejo de Administración
- Articolo 19 Competencias del Consejo de Administración
- Articolo 20 Limitaciones en la gestión
- Articolo 21 Normas supletorias para las mutuas a prima fija
- Articolo 22 Normas aplicables a las mutuas de seguros a prima variable
- Articolo 23 Normas aplicables a las cooperativas a prima fija y a prima variable
- Sección 4
- Articolo 24 Programa de actividades
- Articolo 25
- Articolo 26 Ejecución del programa de actividades
- Articolo 27 Capital social y fondo mutual
- Articolo 28 Socios
- Articolo 28 bis Cómputo de las participaciones significativas
- CAPÍTULO II. CAPITULO II
- Sección 1
- Articolo 29 Concepto y enumeración de la provisiones técnicas
- Articolo 30 Provisión de primas no consumidas
- Articolo 31 Provisión de riesgos en curso
- Articolo 32 Provisión de seguros de vida
- Articolo 33 Tipo de interés aplicable para el cálculo de la provisión de seguros de vida
- Articolo 34 Tablas de mortalidad, de supervivencia, de invalidez y de morbilidad
- Articolo 35 Gastos de administración
- Articolo 36 Rescates
- Articolo 37 Provisión de seguros de vida cuando el tomador asume el riesgo de la inversión y asimilados
- Articolo 38 Provisión de participación en beneficios y para extornos
- Articolo 39 Provisión de prestaciones
- Articolo 40 Provisión de prestaciones pendientes de liquidación o pago
- Articolo 41 Provisión de siniestros pendientes de declaración
- Articolo 42 Provisión de gastos internos de liquidación de siniestros
- Articolo 43 Métodos estadísticos de cálculo de la provisión de prestaciones
- Articolo 44 Provisión de siniestros pendientes de declaración en riesgos de manifestación diferida
- Articolo 45 Reserva de estabilización
- Articolo 46 Provisión del seguro de decesos
- Articolo 47 Provisión del seguro de enfermedad
- Articolo 48 Provisión de desviaciones en las operaciones de capitalización por sorteo
- Articolo 48 bis Provisión de gestión de riesgos derivados de la internacionalización asegurados por cuenta del Estado
- Articolo 48 ter Provisión de gestión de riesgos derivados de la adquisición por consumidores electrointensivos de energía eléctrica en los contratos a medio y largo plazo asegurados por cuenta del Estado
- Sección 2
- Articolo 49 Provisiones técnicas a cubrir
- Articolo 50 Bienes y derechos aptos para la inversión de las provisiones técnicas
- Articolo 51 Titularidad y situación de las inversiones
- Articolo 52 Valoración de las inversiones de las provisiones técnicas
- Articolo 52 bis Instrumentos derivados utilizables por las entidades aseguradoras
- Articolo 52 ter Instrumentos derivados contratados como inversión
- Articolo 52 quater Instrumentos derivados contratados con finalidad de cobertura
- Articolo 53 Límites de diversificación y dispersión
- Articolo 54 Inversiones cuyo riesgo de inversión sea a cargo del tomador
- Articolo 55 Reglas de congruencia a efectos de cobertura de provisiones técnicas
- Articolo 56 Cobertura consolidada de provisiones técnicas
- Articolo 57 Obligaciones de las entidades aseguradoras en caso de déficit en la cobertura de las provisiones técnicas
- Sección 3
- Articolo 58 Obligación de disponer del margen de solvencia
- Articolo 59 Patrimonio propio no comprometido
- Articolo 60 Patrimonio propio no comprometido de los grupos consolidables de entidades aseguradoras
- Articolo 61 Cuantía mínima del margen de solvencia en los seguros distintos del seguro de vida
- Articolo 62 Cuantía mínima del margen de solvencia en los seguros de vida
- Articolo 63 Fondo de garantía
- Sección 4
- Articolo 64 Contabilización de las operaciones de las entidades aseguradoras
- Articolo 65 Libros y registros contables de las entidades aseguradoras
- Articolo 66 Obligaciones contables de las entidades aseguradoras y deber de información
- Sección 5
- Articolo 67 Grupo consolidable de entidades aseguradoras
- Articolo 68 Auditoría de las cuentas anuales de entidades aseguradoras
- Articolo 69 Influencia notable
- Sección 6
- Articolo 70 Cesión de cartera
- Sección 7
- Articolo 71 Transformación de entidades aseguradoras
- Articolo 72 Fusión de entidades aseguradoras
- Articolo 73 Escisión de entidades aseguradoras
- Articolo 74 Agrupaciones de interés económico y uniones temporales de empresas
- Sección 8
- Articolo 75 Estatutos
- Articolo 76 Pólizas y tarifas de primas
- Articolo 77 Normas generales sobre bases técnicas
- Articolo 78 Peculiaridades de las bases técnicas en los seguros de vida
- Articolo 79 Peculiaridades de las bases técnicas de los seguros de decesos
- Articolo 80 Peculiaridades de las bases técnicas de los seguros de enfermedad
- CAPÍTULO III. CAPITULO III
- Sección 1
- Articolo 81 Causas de la revocación
- Sección 2
- Articolo 82 Causas de disolución
- Articolo 83 Publicidad del acuerdo de disolución
- Sección 3
- Articolo 84 Vencimiento anticipado de los contratos de seguro
- Articolo 85 Cesión de oficio de la cartera de seguros en la liquidación
- Articolo 86 Requisitos de los liquidadores
- Articolo 87 Documentación a remitir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones por los administradores y por los liquidadores
- Articolo 88 Deber de colaboración de los antiguos administradores y gestores
- Articolo 89 Finalización de las operaciones de liquidación
- Sección 4
- Articolo 90 Intervención administrativa de las entidades aseguradoras
- Articolo 91 Intervención en la liquidación
- Articolo 92 Intervención para garantizar el correcto cumplimiento de las medidas de control especial
- Sección 5
- Articolo 93 Infracciones muy graves
- Articolo 94 Infracciones graves
- Articolo 95 Fondos propios a efectos de la imposición de sanciones
- Articolo 96 Competencias administrativas en materia sancionadora
- CAPÍTULO IV. CAPITULO IV
- Sección 1
- Articolo 97 Cesión de cartera
- Articolo 98 Deber de información al Ministerio de Economía y Hacienda
- Articolo 99 Remisión general
- Sección 2
- Articolo 100 Establecimiento de sucursales
- Articolo 101 Inspección de sucursales de entidades aseguradoras españolas establecidas en otro Estado miembro del espacio económico europeo
- Sección 3
- Articolo 102 Actividades en régimen de libre prestación de servicios
- CAPÍTULO V. CAPITULO V
- Articolo 103 Entidades reaseguradoras
- CAPÍTULO VI. CAPITULO VI
- Articolo 104 Deber general de información al tomador
- Articolo 105 Deber particular de información en el caso de los seguros sobre la vida
- Articolo 105 bis Deber particular de información en el caso de seguros de decesos
- Articolo 106 Seguros colectivos
- Articolo 107 Constancia de la recepción de la información
- Articolo 108 Protección administrativa
- Articolo 109 Defensor del asegurado y arbitraje
- CAPÍTULO VII. CAPITULO VII
- Sección 1
- Articolo 110 Control interno de las entidades aseguradoras
- Articolo 110 bis Control de la política de inversiones
- Articolo 111 Publicidad
- Sección 2
- Articolo 112 Iniciación de las actuaciones inspectoras
- Articolo 113 Funcionarios participantes en las actuaciones inspectoras
- Articolo 114 Desarrollo de las actuaciones inspectoras
- Articolo 115 Excusa, negativa o resistencia a la actuación inspectora
- Articolo 116 Diligencias
- Articolo 117 Formalización del acta de inspección
- Articolo 118 Terminación de las actuaciones inspectoras
- Articolo 119 Deber de comunicación
- Sección 3
- Articolo 120 Junta Consultiva de Seguros
- Sección 4
- Articolo 121 Registros administrativos
- Articolo 122 Registro administrativo de entidades aseguradoras y reaseguradoras
- Articolo 123 Registro administrativo de los altos cargos de entidades aseguradoras y reaseguradoras
- Articolo 124 Registro administrativo especial de corredores de seguros, de sociedades de correduría de seguros y sus altos cargos
- Articolo 125
- Articolo 126 Cancelación de la inscripción de las sanciones impuestas
- Articolo 127 Inscripción de las medidas de control especial
- TÍTULO III. TITULO III
- CAPÍTULO I. CAPITULO I
- Sección 1
- Articolo 128 Ordenación y supervisión de entidades aseguradoras autorizadas
- Articolo 129 Cesión de cartera
- Articolo 130 Deber de información al tomador del seguro
- Articolo 131 Actuaciones inspectoras sobre la presencia permanente de las entidades aseguradoras
- Sección 2
- Articolo 132 Determinación de las condiciones de ejercicio
- Articolo 133 Supervisión por la Dirección General de Seguros de sucursales en España de entidades aseguradoras domiciliadas en otro Estado miembro del espacio económico europeo
- Sección 3
- Articolo 134 Inicio y modificación de actividad
- Articolo 135 Representante a efectos fiscales
- CAPÍTULO II. CAPITULO II
- Sección 1
- Articolo 136 Establecimiento de sucursales
- Articolo 137 Condiciones para el ejercicio de la actividad aseguradora
- Sección 2
- Articolo 138 Establecimiento de sucursales
- Articolo 139 Procedimiento de autorización
- Articolo 140 Condiciones de ejercicio
- Disposizione adicional primera Ficheros
- Disposizione adicional segunda Prácticas abusivas
- Disposizione adicional tercera Dotación de las provisiones técnicas. Cuantía mínima
- Disposizione adicional cuarta Seguros Agrarios Combinados
- Disposizione adicional quinta Cuantía máxima de cobertura de responsabilidad civil como riesgo accesorio
- Disposizione adicional sexta Mutualidades de previsión social
- Disposizione adicional septima Derecho de información de los perjudicados de accidentes de circulación de vehículos a motor
- Disposizione adicional octava Autorización a la Dirección General de Seguros para la celebración de acuerdos con otras autoridades de supervisión de la Unión Europea, relativos al ejercicio de la supervisión adicional
- Disposizione adicional novena Información que debe suministrar la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones a las autoridades de supervisión de la Unión Europea
- Disposizione adicional decima Adaptación a la terminología del Plan de contabilidad de las entidades aseguradoras
- Disposizione transitoria primera Provisión de riesgos en curso
- Disposizione transitoria segunda Seguros de vida
- Disposizione transitoria tercera Seguro de decesos
- Disposizione transitoria cuarta Límites de diversificación y dispersión
- Disposizione transitoria quinta Minusvalías a deducir en el cómputo del patrimonio propio no comprometido
- Disposizione transitoria sexta Seguro de crédito
- Disposizione transitoria septima Adaptación de los estatutos sociales
- Disposizione transitoria octava Deber de información en las pólizas de seguros
- Disposizione transitoria novena Adaptación de bases técnicas
- Disposizione transitoria decima Mutualidades de previsión social
- Disposizione transitoria undecima Dotación a la provisión del Seguro de decesos