Real Decreto 2296/2004

Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Aprobación del Reglamento

Articolo 2Aprobación del Plan nacional de numeración telefónica

Disposizione transitoria primeraVigencia de las disposiciones de desarrollo del Plan nacional de numeración y sobre conservación de números y selección de operador

Disposizione transitoria segundaVigencia del Registro público de numeración

Disposizione derogatoria únicaDerogación normativa

Disposizione final primeraCompetencias de desarrollo

Disposizione final segundaFundamento constitucional

Disposizione final terceraEntrada en vigor

Articolo 1Objeto y ámbito de aplicación

Articolo 2Mercados de referencia

Articolo 3Procedimiento de análisis de mercado

Articolo 4Imposición, mantenimiento, modificación y supresión de obligaciones

Articolo 5Procedimientos de consulta y de notificación

Articolo 6Obligaciones aplicables

Articolo 7Obligaciones de transparencia

Articolo 8Obligaciones de no discriminación

Articolo 9Obligaciones de separación de cuentas

Articolo 10Obligaciones de acceso a recursos específicos de las redes y a su utilización

Articolo 11Obligaciones sobre control de precios y contabilidad de costes

Articolo 12Otras obligaciones

Articolo 13Obligaciones aplicables

Articolo 14Principios generales aplicables a la selección de operador

Articolo 15Selección de operador llamada a llamada

Articolo 16Preselección de operador

Articolo 17Suministro del conjunto mínimo de líneas susceptibles de arrendamiento

Articolo 18Imposición de obligaciones

Articolo 19Obligaciones sobre control de precios

Articolo 20Contabilidad de costes

Articolo 21Información a la Comisión Europea y a las autoridades nacionales

Articolo 22Principios generales

Articolo 23Competencias en materia de acceso e interconexión y condiciones aplicables

Articolo 24Condiciones relativas a los sistemas de acceso condicional

Articolo 25Procedimientos de consulta y de notificación

Articolo 26Competencias del Gobierno

Articolo 27Competencias del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Articolo 28Competencias de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones

Articolo 29Titularidad de los recursos públicos de numeración, direccionamiento y denominación

Articolo 30Obligaciones de las partes

Articolo 31Tratamiento de llamadas telefónicas

Articolo 32Aprobación y desarrollo de los planes nacionales

Articolo 33Criterios aplicables en el desarrollo de las funciones de planificación

Articolo 34Condiciones de prestación de los servicios

Articolo 35Plan nacional de numeración telefónica

Articolo 36Concepto de gestión

Articolo 37Criterios generales a aplicar en la asignación de recursos públicos a los operadores

Articolo 38Condiciones generales de uso de los recursos asignados

Articolo 39Transparencia en la gestión de los recursos públicos

Articolo 40Control de los recursos asignados

Articolo 41Gestión y control de la numeración telefónica

Articolo 42Concepto de conservación de números

Articolo 43Soluciones técnicas y administrativas

Articolo 44Obligaciones y procedimientos

Articolo 45Contraprestaciones económicas

Articolo 46Modalidades de conservación de números

Articolo 47Objeto y ámbito

Articolo 48Entidades con derecho a numeración

Articolo 49Subasignaciones

Articolo 50Numeración de abonado

Articolo 51Tramitación de solicitudes

Articolo 52Iniciación del procedimiento

Articolo 53Subsanación de defectos

Articolo 54Requerimiento de información

Articolo 55Resolución

Articolo 56Plazo para resolver

Articolo 57Resolución presunta

Articolo 58Recursos

Articolo 59Condiciones generales para la utilización de los recursos públicos de numeración

Articolo 60Puesta en servicio de los recursos asignados

Articolo 61Control de asignaciones

Articolo 62Modificación y cancelación de asignaciones por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones

Articolo 63Registro público de numeración

Disposizione adicional primeraOperadores que desarrollan actividades en otros sectores económicos

Disposizione adicional segundaInteroperabilidad de los equipos de consumo utilizados para la televisión digital

Disposizione adicional terceraInterconexión internacional

Disposizione adicional cuartaDefinición de términos

Disposizione transitoria primeraMercados de referencia existentes

Disposizione transitoria segundaProcedimientos de gestión y control de recursos públicos de numeración, direccionamiento y denominación

Citenza

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