Real Decreto 2296/2004

Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración.

Preamble Preámbulo

Article 1Aprobación del Reglamento

Article 2Aprobación del Plan nacional de numeración telefónica

Provision transitoria primeraVigencia de las disposiciones de desarrollo del Plan nacional de numeración y sobre conservación de números y selección de operador

Provision transitoria segundaVigencia del Registro público de numeración

Provision derogatoria únicaDerogación normativa

Provision final primeraCompetencias de desarrollo

Provision final segundaFundamento constitucional

Provision final terceraEntrada en vigor

Article 1Objeto y ámbito de aplicación

Article 2Mercados de referencia

Article 3Procedimiento de análisis de mercado

Article 4Imposición, mantenimiento, modificación y supresión de obligaciones

Article 5Procedimientos de consulta y de notificación

Article 6Obligaciones aplicables

Article 7Obligaciones de transparencia

Article 8Obligaciones de no discriminación

Article 9Obligaciones de separación de cuentas

Article 10Obligaciones de acceso a recursos específicos de las redes y a su utilización

Article 11Obligaciones sobre control de precios y contabilidad de costes

Article 12Otras obligaciones

Article 13Obligaciones aplicables

Article 14Principios generales aplicables a la selección de operador

Article 15Selección de operador llamada a llamada

Article 16Preselección de operador

Article 17Suministro del conjunto mínimo de líneas susceptibles de arrendamiento

Article 18Imposición de obligaciones

Article 19Obligaciones sobre control de precios

Article 20Contabilidad de costes

Article 21Información a la Comisión Europea y a las autoridades nacionales

Article 22Principios generales

Article 23Competencias en materia de acceso e interconexión y condiciones aplicables

Article 24Condiciones relativas a los sistemas de acceso condicional

Article 25Procedimientos de consulta y de notificación

Article 26Competencias del Gobierno

Article 27Competencias del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Article 28Competencias de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones

Article 29Titularidad de los recursos públicos de numeración, direccionamiento y denominación

Article 30Obligaciones de las partes

Article 31Tratamiento de llamadas telefónicas

Article 32Aprobación y desarrollo de los planes nacionales

Article 33Criterios aplicables en el desarrollo de las funciones de planificación

Article 34Condiciones de prestación de los servicios

Article 35Plan nacional de numeración telefónica

Article 36Concepto de gestión

Article 37Criterios generales a aplicar en la asignación de recursos públicos a los operadores

Article 38Condiciones generales de uso de los recursos asignados

Article 39Transparencia en la gestión de los recursos públicos

Article 40Control de los recursos asignados

Article 41Gestión y control de la numeración telefónica

Article 42Concepto de conservación de números

Article 43Soluciones técnicas y administrativas

Article 44Obligaciones y procedimientos

Article 45Contraprestaciones económicas

Article 46Modalidades de conservación de números

Article 47Objeto y ámbito

Article 48Entidades con derecho a numeración

Article 49Subasignaciones

Article 50Numeración de abonado

Article 51Tramitación de solicitudes

Article 52Iniciación del procedimiento

Article 53Subsanación de defectos

Article 54Requerimiento de información

Article 55Resolución

Article 56Plazo para resolver

Article 57Resolución presunta

Article 58Recursos

Article 59Condiciones generales para la utilización de los recursos públicos de numeración

Article 60Puesta en servicio de los recursos asignados

Article 61Control de asignaciones

Article 62Modificación y cancelación de asignaciones por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones

Article 63Registro público de numeración

Provision adicional primeraOperadores que desarrollan actividades en otros sectores económicos

Provision adicional segundaInteroperabilidad de los equipos de consumo utilizados para la televisión digital

Provision adicional terceraInterconexión internacional

Provision adicional cuartaDefinición de términos

Provision transitoria primeraMercados de referencia existentes

Provision transitoria segundaProcedimientos de gestión y control de recursos públicos de numeración, direccionamiento y denominación