Real Decreto 474/2014

Real Decreto 474/2014, de 13 de junio, por el que se aprueba la norma de calidad de derivados cárnicos.

Preambolo Preámbulo

TÍTULO PRELIMINAR

Articolo 1Objeto

Articolo 2Ámbito de aplicación

Articolo 3Definiciones

TÍTULO I

CAPÍTULO I

Articolo 4Definición

Articolo 5Clasificación

Articolo 6Derivados cárnicos esterilizados

Articolo 7Derivados cárnicos pasteurizados

Articolo 8Derivados cárnicos con tratamiento térmico incompleto

CAPÍTULO II

Articolo 9Definición

Articolo 10Clasificación

Articolo 11Derivados cárnicos curado-madurados

Articolo 12Derivados cárnicos oreados

Articolo 13Derivados cárnicos marinado-adobados

Articolo 14Derivados cárnicos salmuerizados

Articolo 15Derivados cárnicos no sometidos a tratamiento

TÍTULO II

Articolo 16Ingredientes esenciales de los derivados cárnicos

Articolo 17Ingredientes facultativos de los derivados cárnicos y factores de calidad mínima

Articolo 18Características físico-químicas de los derivados cárnicos

TÍTULO III

Articolo 19Etiquetado

Articolo 20Reglas para la denominación de venta de los derivados cárnicos tratados por el calor

Articolo 21Reglas para la denominación de venta de los derivados cárnicos no tratados por calor, curado-madurados

Articolo 22Reglas para el uso de las designaciones de raza y alimentación en la denominación de venta de los derivados cárnicos ibéricos, exceptuando el jamón, la paleta y la caña de lomo

Articolo 23Otros elementos del etiquetado

Articolo 24Mención “natural” en el etiquetado de los derivados cárnicos

Articolo 25Elaboración artesana de los derivados cárnicos

Disposizione adicional primeraCláusula de reconocimiento mutuo

Disposizione adicional segundaControl del gasto público

Disposizione transitoria únicaPrórroga de comercialización

Disposizione derogatoria unica

Disposizione final primeraTítulo competencial

Disposizione final segundaEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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