Real Decreto 623/2014

Real Decreto 623/2014, de 18 de julio, por el que se regula la investigación de los accidentes e incidentes ferroviarios y la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios.

Preambolo Preámbulo

CAPÍTULO I

Articolo 1Objeto y finalidad

Articolo 2Ámbito de aplicación

Articolo 3Definiciones

Articolo 4Obligación de investigar

CAPÍTULO II

Articolo 5Naturaleza y adscripción

Articolo 6Independencia funcional y relación con las entidades públicas y privadas

Articolo 7Funciones

Articolo 8Composición

Articolo 9Funciones del Presidente

Articolo 10Funciones del Secretario

Articolo 11Nombramiento y mandato de los miembros de la Comisión

Articolo 12Funcionamiento de la Comisión

Articolo 13Cooperación

CAPÍTULO III

Articolo 14Procedimiento de investigación

Articolo 15Resultado de la investigación

Disposizione adicional primeraMedios humanos y materiales de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios

Disposizione adicional segundaInvestigación de accidentes e incidentes ferroviarios por los administradores de la infraestructura

Disposizione adicional terceraInvestigación de accidentes e incidentes ferroviarios por las empresas ferroviarias

Disposizione adicional cuartaInvestigación de accidentes e incidentes ferroviarios en las infraestructuras de los puertos de interés general

Disposizione adicional quintaAdecuación de procedimientos

Disposizione transitoria primeraExpedientes en tramitación

Disposizione transitoria segundaRenovación de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios

Disposizione derogatoria únicaDerogación normativa

Disposizione final primeraModificación del Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario

Disposizione final segundaModificación del Reglamento sobre seguridad en la circulación en la Red Ferroviaria de Interés General, aprobado por el Real Decreto 810/2007, de 22 de junio

Disposizione final terceraTítulo competencial

Disposizione final cuartaIncorporación del derecho de la Unión Europea

Disposizione final quintaEntrada en vigor

Allegato UNICO

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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