Real Decreto 623/2014

Real Decreto 623/2014, de 18 de julio, por el que se regula la investigación de los accidentes e incidentes ferroviarios y la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios.

Preámbulo Preámbulo

CAPÍTULO I

Artículo 1Objeto y finalidad

Artículo 2Ámbito de aplicación

Artículo 3Definiciones

Artículo 4Obligación de investigar

CAPÍTULO II

Artículo 5Naturaleza y adscripción

Artículo 6Independencia funcional y relación con las entidades públicas y privadas

Artículo 7Funciones

Artículo 8Composición

Artículo 9Funciones del Presidente

Artículo 10Funciones del Secretario

Artículo 11Nombramiento y mandato de los miembros de la Comisión

Artículo 12Funcionamiento de la Comisión

Artículo 13Cooperación

CAPÍTULO III

Artículo 14Procedimiento de investigación

Artículo 15Resultado de la investigación

Disposición adicional primeraMedios humanos y materiales de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios

Disposición adicional segundaInvestigación de accidentes e incidentes ferroviarios por los administradores de la infraestructura

Disposición adicional terceraInvestigación de accidentes e incidentes ferroviarios por las empresas ferroviarias

Disposición adicional cuartaInvestigación de accidentes e incidentes ferroviarios en las infraestructuras de los puertos de interés general

Disposición adicional quintaAdecuación de procedimientos

Disposición transitoria primeraExpedientes en tramitación

Disposición transitoria segundaRenovación de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraModificación del Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario

Disposición final segundaModificación del Reglamento sobre seguridad en la circulación en la Red Ferroviaria de Interés General, aprobado por el Real Decreto 810/2007, de 22 de junio

Disposición final terceraTítulo competencial

Disposición final cuartaIncorporación del derecho de la Unión Europea

Disposición final quintaEntrada en vigor

Anexo UNICO

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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