Real Decreto 1085/2015

Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre, de fomento de los Biocarburantes.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto

Articolo 2Objetivos de venta o consumo de biocarburantes con fines de transporte

Articolo 3Sujetos obligados a acreditar el cumplimiento de los objetivos de venta o consumo de biocarburantes con fines de transporte

Disposizione adicional primeraObjetivos obligatorios mínimos de venta o consumo de biocarburantes con fines de transporte para el periodo 2016-2026

Disposizione adicional segundaInformación y documentación relativa a la materia prima empleada en la fabricación de los biocarburantes

Disposizione adicional terceraInformación sobre el origen del combustible en instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos independientes

Disposizione adicional cuartaObligación de información de las Comunidades Autónomas y Entidades locales sobre sus programas de ahorro y eficiencia energética

Disposizione adicional quintaObligación de Información de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos sobre ventas de energía

Disposizione adicional sextaEvaluación sobre el potencial de eficiencia energética en las infraestructuras de gas y electricidad

Disposizione adicional séptimaEstudio costes de alquiler de contadores

Disposizione adicional octavaFacturación a los clientes de gas y electricidad

Disposizione adicional novenaInformación al consumidor de energía eléctrica

Disposizione adicional décimaBiocarburantes o combustibles de biomasa con riesgo elevado de cambio indirecto del uso de la tierra

Disposizione transitoria únicaAdaptación de las facturas de los comercializadores y sistemas de los distribuidores de gas natural y de los comercializadores de energía eléctrica

Disposizione transitoria primeraAdaptación de las facturas de los comercializadores y sistemas de los distribuidores de gas natural y de los comercializadores de energía eléctrica

Disposizione transitoria segundaRégimen transitorio de acreditación de la obligación trimestral del objetivo de venta o consumo de biocarburantes para los dos primeros trimestres del ejercicio 2026

Disposizione derogatoria únicaDerogación normativa

Disposizione final primera

Disposizione final segunda

Disposizione final tercera

Disposizione final cuartaTítulo competencial

Disposizione final quintaIncorporación de normas del Derecho de la Unión Europea

Disposizione final sextaEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

citenza.io