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Real Decreto 47 unità

Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.

Real Decreto 284/2021es-royal-decree-2021-04-20-28424 apr 2021

Transportes terrestres

  1. Preambolo Preámbulo Modificato
  2. Articolo 1 Objeto Modificato
  3. Articolo 2 Exenciones Modificato
  4. Articolo 3 Certificado de aptitud profesional Modificato
  5. Articolo 4 Modalidades de obtención del certificado de cualificación inicial de los conductores Modificato
  6. Articolo 5 Cualificación inicial ordinaria Modificato
  7. Articolo 6 Cualificación inicial acelerada Modificato
  8. Articolo 7 Cursos de formación continua Modificato
  9. Articolo 8 Autorización de las empresas como centros de formación Modificato
  10. Articolo 9 Otorgamiento de la autorización Modificato
  11. Articolo 10 Constatación periódica del cumplimiento de los requisitos de la empresa CAP, de sus sucursales y aulas móviles Modificato
  12. Articolo 11 Homologación de cursos de formación Modificato
  13. Articolo 12 Mecánica de los cursos Modificato
  14. Articolo 13 Lugar en que se impartirá la formación Modificato
  15. Articolo 14 Cómputo de otras formaciones del alumno en los cursos de formación destinados a obtener la cualificación inicial Modificato
  16. Articolo 15 Cómputo de otras formaciones del alumno en los cursos de formación continua Modificato
  17. Articolo 16 Exámenes de cualificación inicial Modificato
  18. Articolo 17 Convocatoria de exámenes Modificato
  19. Articolo 18 Derecho a concurrir a los exámenes Modificato
  20. Articolo 19 Anotación del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial Modificato
  21. Articolo 20 Tarjeta de cualificación del conductor Modificato
  22. Articolo 21 Responsabilidad de las empresas CAP Modificato
  23. Articolo 22 Sistema de aula virtual Modificato
  24. Articolo 23 Utilización del sistema de aula virtual para la impartición de cursos de cualificación inicial Modificato
  25. Articolo 24 Requisitos de las empresas CAP al impartir formación a través del sistema de aula virtual Modificato
  26. Articolo 25 Utilización del sistema de aula virtual en circunstancias excepcionales Modificato
  27. Disposizione adicional primera Polivalencia de los cursos Modificato
  28. Disposizione adicional segunda Título de Formación Profesional de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera Modificato
  29. Disposizione adicional tercera Cursos de formación de conductores impartidos por las Fuerzas Armadas y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado Modificato
  30. Disposizione adicional cuarta Certificados de profesionalidad de «Conducción de autobuses» y de «Conducción de vehículos pesados de transporte de mercancías por carretera» Modificato
  31. Disposizione adicional quinta Sistema de Formación Profesional para el Empleo Modificato
  32. Disposizione adicional sexta Formación de formadores Modificato
  33. Disposizione adicional séptima Simuladores de alto nivel Modificato
  34. Disposizione adicional octava Utilización del sistema de aula virtual para la impartición de cursos de cualificación inicial y formación continua Modificato
  35. Disposizione adicional novena Teleformación para la impartición de cursos de cualificación inicial Modificato
  36. Disposizione transitoria primera Convalidación de las autorizaciones otorgadas a los centros de formación Modificato
  37. Disposizione transitoria segunda Validez de los cursos de formación homologados Modificato
  38. Disposizione transitoria tercera Validez de las tarjetas de cualificación de conductor Modificato
  39. Disposizione derogatoria única Derogación normativa Modificato
  40. Disposizione final primera Modificación del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre Modificato
  41. Disposizione final segunda Incorporación de derecho de la Unión Europea Modificato
  42. Disposizione final tercera Conductores titulares de un certificado de competencia profesional para el ejercicio de la actividad de transportista Modificato
  43. Disposizione final cuarta Medidas de mejora de la calidad de la formación Modificato
  44. Disposizione final quinta Habilitación normativa Modificato
  45. Disposizione final sexta Título competencial Modificato
  46. Disposizione final séptima Modificación del Real Decreto 1515/2018, de 28 de diciembre, por el que se crea la Comisión Interministerial para la incorporación de la metodología BIM en la contratación pública Modificato
  47. Disposizione final octava Entrada en vigor Modificato
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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