Real Decreto 284/2021

Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto

Articolo 2Exenciones

Articolo 3Certificado de aptitud profesional

Articolo 4Modalidades de obtención del certificado de cualificación inicial de los conductores

Articolo 5Cualificación inicial ordinaria

Articolo 6Cualificación inicial acelerada

Articolo 7Cursos de formación continua

Articolo 8Autorización de las empresas como centros de formación

Articolo 9Otorgamiento de la autorización

Articolo 10Constatación periódica del cumplimiento de los requisitos de la empresa CAP, de sus sucursales y aulas móviles

Articolo 11Homologación de cursos de formación

Articolo 12Mecánica de los cursos

Articolo 13Lugar en que se impartirá la formación

Articolo 14Cómputo de otras formaciones del alumno en los cursos de formación destinados a obtener la cualificación inicial

Articolo 15Cómputo de otras formaciones del alumno en los cursos de formación continua

Articolo 16Exámenes de cualificación inicial

Articolo 17Convocatoria de exámenes

Articolo 18Derecho a concurrir a los exámenes

Articolo 19Anotación del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial

Articolo 20Tarjeta de cualificación del conductor

Articolo 21Responsabilidad de las empresas CAP

Articolo 22Sistema de aula virtual

Articolo 23Utilización del sistema de aula virtual para la impartición de cursos de cualificación inicial

Articolo 24Requisitos de las empresas CAP al impartir formación a través del sistema de aula virtual

Articolo 25Utilización del sistema de aula virtual en circunstancias excepcionales

Disposizione adicional primeraPolivalencia de los cursos

Disposizione adicional segundaTítulo de Formación Profesional de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera

Disposizione adicional terceraCursos de formación de conductores impartidos por las Fuerzas Armadas y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado

Disposizione adicional cuartaCertificados de profesionalidad de «Conducción de autobuses» y de «Conducción de vehículos pesados de transporte de mercancías por carretera»

Disposizione adicional quintaSistema de Formación Profesional para el Empleo

Disposizione adicional sextaFormación de formadores

Disposizione adicional séptimaSimuladores de alto nivel

Disposizione adicional octavaUtilización del sistema de aula virtual para la impartición de cursos de cualificación inicial y formación continua

Disposizione adicional novenaTeleformación para la impartición de cursos de cualificación inicial

Disposizione transitoria primeraConvalidación de las autorizaciones otorgadas a los centros de formación

Disposizione transitoria segundaValidez de los cursos de formación homologados

Disposizione transitoria terceraValidez de las tarjetas de cualificación de conductor

Disposizione derogatoria únicaDerogación normativa

Disposizione final primeraModificación del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre

Disposizione final segundaIncorporación de derecho de la Unión Europea

Disposizione final terceraConductores titulares de un certificado de competencia profesional para el ejercicio de la actividad de transportista

Disposizione final cuartaMedidas de mejora de la calidad de la formación

Disposizione final quintaHabilitación normativa

Disposizione final sextaTítulo competencial

Disposizione final séptimaModificación del Real Decreto 1515/2018, de 28 de diciembre, por el que se crea la Comisión Interministerial para la incorporación de la metodología BIM en la contratación pública

Disposizione final octavaEntrada en vigor

Citenza

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