Resolución de 9 de abril de 2024, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Junta de Castilla y León y la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S.M.E., por el que se establece el acuerdo de financiación del Instrumento Financiero de Gestión Centralizada de Garantía de Cartera FEADER 2023-2027.
Allegato 3
Carta de costes y comisiones de gestión
1. Costes y comisiones de gestión a percibir por SAECA
Conforme a lo dispuesto en la cláusula 15 del presente convenio, las tareas encomendadas a SAECA en calidad de organismo de ejecución del IFGC-G serán objeto de compensación mediante el abono de comisiones de gestión basadas en el rendimiento del instrumento financiero. Dichas comisiones de gestión no excederán del umbral establecido en el artículo 68.4 del Reglamento de Disposiciones Comunes, cuando se refiere a los organismos que ejecutan un Fondo específico seleccionados mediante adjudicación directa de un contrato con arreglo al artículo 59.3 del citado reglamento. Las retribuciones a percibir por SAECA lo serán en concepto de comisiones de gestión, no de costes, ya que estos últimos habrían de justificarse contra gastos efectivamente desembolsados por SAECA. Por ello, las comisiones se calcularán sobre dos montantes diferenciados que, a su vez, también responden grupos de tareas específicos. Por un lado se fijará una comisión para retribuir las actuaciones de SAECA relacionadas con la provisión de garantías y por otro otra comisión diferenciada para la remuneración de las actividades que proporcionen la ayuda en forma de bonificación de intereses combinadas en una sola operación de instrumento financiero.
2. Cálculo de las comisiones de gestión del IFGC-G
Las comisiones de gestión a percibir por SAECA en relación con sus actividades referentes a las garantías proporcionadas por el IFGC-G revestirán las siguientes características: – Su valor representará el 5,5 % del importe comprometido en contratos de garantía, que equivale al 16 % del importe de los préstamos formalizados. – Se abonarán con una periodicidad trimestral sobre la base de las disposiciones de los préstamos formalizados en el trimestre anterior que hayan entrado en cartera. – La Autoridad de gestión del PEPAC, a través de la UTIF emitirá una orden para su pago con cargo a los fondos depositados en la correspondiente cuenta a la vista. – Las comisiones de gestión a percibir por SAECA respecto a sus actividades para proporcionar la ayuda en forma de bonificaciones de intereses tendrán las siguientes características. – Su valor se calculará como el 2 % de los importes abonados por SAECA a las entidades financieras concedentes de los préstamos garantizados por el IFGC-G. – Se abonarán con una periodicidad trimestral sobre la base de los pagos de bonificación de intereses satisfechos en el trimestre anterior. – La Autoridad de gestión del PEPAC, a través de la Unidad Técnica de Instrumentos Financieros (UTIF) emitirá una orden para su pago con cargo a los fondos depositados en la correspondiente cuenta a la vista. – Excepcionalmente, previo acuerdo del Consejo de Inversión podrá convenirse el pago de la comisión de gestión relativa a las bonificaciones de intereses calculado sobre la base de la totalidad de la bonificación de intereses pendiente de abonar a las entidades financieras. En este caso, la comisión representaría el 2 % sobre un cálculo actualizado de la bonificación de intereses pendiente a la tasa de actualización que corresponda en el momento del cálculo conforme a lo dispuesto en la Comunicación de la Comisión relativa a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de actualización (2008/C 14/02).
3. Informe de costes y comisiones de gestión
SAECA presentará a la Autoridad de Gestión un Informe de costes y comisiones de gestión en los tres meses siguientes al final del mes de diciembre del año al que se refieran aquéllos. El Informe tendrá carácter anual y se estructurará en bloques trimestrales coincidentes con los periodos de declaraciones de gastos (hasta 31 de marzo, 30 de junio, 15 de octubre y 31 de diciembre). Comprenderá una relación detallada de las comisiones de gestión que se hayan abonado a lo largo del año, diferenciando las correspondientes a las actuaciones relativas a la prestación de garantías y las referentes al pago de bonificaciones de intereses. La Autoridad de gestión del PEPAC, a través de la UTIF, orientará a SAECA sobre la estructura y contenido exacto de este informe. El consejo de Inversión podrá decidir cambiar el periodo señalado del informe de costes y comisiones de gestión al ejercicio financiero FEADER, que iría del 16 de octubre al 15 de octubre del año siguiente, en cuyo caso el plazo límite para su presentación sería el 15 de diciembre. subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid