Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para las empresas del sector de harinas panificables y sémolas para los años 2023, 2024 y 2025.
Articolo 47Seguro Colectivo de Accidentes
Las empresas concertarán un Seguro Colectivo de Accidentes a favor de la plantilla por 30.000 euros de indemnización para caso de fallecimiento o incapacidad permanente total y de 40.000 euros para incapacidad absoluta. Lo establecido en el párrafo anterior debe interpretarse con carácter restrictivo y limitado a los accidentes, con exclusión de cualquier otra contingencia, como la enfermedad profesional.