CÓDIGO DE MINERÍA
Article
In force · version of Dec 24, 1888
ART. 84 Los contratos a que se trasfiera la propiedad de las minas no podrán rescindirse en ningun caso por lesion enorme.
CÓDIGO DE MINERÍA
In force · version of Dec 24, 1888
ART. 84 Los contratos a que se trasfiera la propiedad de las minas no podrán rescindirse en ningun caso por lesion enorme.