🇨🇱 Chile
Partially repealed Decreto ley 124 units
REORGANIZA EL MINISTERIO DE SALUD Y CREA LOS SERVICIOS DE SALUD, EL FONDO NACIONAL DE SALUD, EL INSTITUTO DE SALUD PUBLICA DE CHILE Y LA CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
DL 2.763cl-decree-law-1979-08-03-2763Sep 3, 2004
- Provision transitoria
- Article 1 Al Ministerio de Salud y a los demás
- Article 2 Para los efectos de la presente ley,
- Article 3 Las personas, instituciones y demás
- Article 4 Al Ministerio de Salud le corresponderá
- Article 4 bis Para el cumplimiento de la función
- Article 5 El Ministerio de Salud estará integrado
- Article 6 Al Ministro corresponderá la dirección
- Article 7 DEROGADO
- Article 8 El Subsecretario de Redes Asistenciales
- Article 9 El Subsecretario de Salud Pública
- Article 10 DEROGADO
- Article 11 DEROGADO
- Article 12 DEROGADO
- Article 13 DEROGADO
- Article 14 Habrá una SecretarÃa Regional
- Article 14 a El Secretario Regional Ministerial será
- Article 14 b Las secretarÃas regionales
- Article 14 c Serán de la competencia del Ministerio
- Article 14 d Los recursos financieros que recauden
- Article 14 e Existirá en cada secretarÃa regional
- Article 15 DEROGADO
- Article
- Article 16 bis La Red Asistencial de cada servicio de
- Article 16 ter La red asistencial de cada servicio de
- Article 17 Los Servicios de Salud ejercerán, en sus
- Article 18 Cada Servicio estará a cargo de un
- Article 18 bis Al director le corresponderá la
- Article 19 El Director será el jefe superior del
- Article 20 Sin perjuicio de lo dispuesto en los
- Article 21 La estructura y la organización interna
- Article 21 a En cada Servicio de Salud existirá un
- Article 21 b El nombre de los establecimientos
- Article 22 Sin perjuicio de los casos de libre
- Article 23 La subrogación del personal de los
- Article 24 Los Servicios se financiarán con los
- Article 25 EL patrimonio inicial de cada Servicio se
- Article 25 a Los establecimientos de salud
- Article 25 b El Establecimiento, como parte
- Article 25 c El Establecimiento estará a cargo de
- Article 25 d Existirá un Consejo Consultivo de los
- Article 25 e La administración superior y control
- Article 25 f En el Director estarán radicadas las
- Article 25 g El Establecimiento estará sujeto a una
- Article 25 h El establecimiento deberá efectuar
- Article 25 i Detectado por el Subsecretario de Redes
- Article 25 j Mediante resolución del Subsecretario
- Article 25 k Los funcionarios de planta o a contrata
- Article 25 l El Establecimiento, para el desarrollo
- Article 25 m El establecimiento tendrá el uso, goce
- Article 25 n Las contiendas de competencia que
- Article Los establecimientos de salud
- Article 25 o Al Director del Establecimiento
- Article 25 p Un reglamento, suscrito por los
- Article 25 q El Establecimiento será evaluado
- Article 26 Créase el Fondo Nacional de Salud, en
- Article 27 Serán funciones del Fondo:
- Article 28 Corresponderá igualmente al Fondo
- Article 29 La administración superior del Fondo
- Article 30 Serán atribuciones del Director:
- Article 31 El Fondo Nacional de Salud estará
- Article 32 DEROGADO
- Article 33 Serán recursos del Fondo:
- Article 34 Ingresarán también al patrimonio del
- Article 35 Créase el Instituto de Salud Pública de
- Article 36 El Instituto será el continuador legal,
- Article 37 Serán funciones del Instituto:
- Article 38 La administración superior del Instituto
- Article 39 Serán atribuciones del Director:
- Article 40 La subrogación del personal del
- Article 41 En el ejercicio de sus atribuciones, el
- Article 42 La estructura y organización interna del
- Article 43 Los bienes raÃces y muebles actualmente
- Article 44 El Instituto se financiará con los
- Article 45 Las referencias que las leyes,
- Article 46 Créase la Central de Abastecimiento del
- Article 47 La Central será la continuadora legal,
- Article 48 Serán funciones de la Central:
- Article 49 La administración superior de la Central
- Article 50 Serán atribuciones del Director:
- Article 51 La estructura y organización interna de
- Article 52 Existirá, además, una Comisión que
- Article 53 Los bienes raÃces y muebles de propiedad
- Article 54 La Central se financiará con los
- Article 55 Las referencias que las leyes,
- Article 56 AutorÃzase al Presidente de la
- Article 57 Los funcionarios del Ministerio de Salud
- Article 58 El Ministerio de Salud y demás
- Article 59 Las herencias, legados o donaciones que
- Article 60 Las donaciones efectuadas en beneficio de
- Article 62 El monto mensual que corresponderá a
- Article 63 Para efectos de otorgar el componente
- Article 64 Establécese, para el personal
- Article 65 El monto mensual que corresponderá a
- Article 66 Para efectos de otorgar el componente de
- Article 67 Para efectos de otorgar el componente
- Article 68 Establécese, para el personal de la
- Article 69 El monto mensual que corresponderá a
- Article 70 Un reglamento dictado por el Ministerio
- Article 71 Las asignaciones señaladas en los
- Article 72 Establécese una asignación de turno
- Article 73 Esta asignación será imponible sólo
- Article 74 Para tener derecho a la asignación de
- Article 75 Las horas extraordinarias que, en virtud
- Article 76 Establécese una asignación de
- Article 77 Esta asignación se otorgará conforme a
- Article 78 Para efecto de la concesión de la
- Article 79 Lo dispuesto en la oración final de la
- Article 80 La promoción de los funcionarios de las
- Article 81 Para todos los efectos legales, la
- Article 82 Establécese que hasta el 15% de los
- Article 83 La junta calificadora que existirá en
- Article 61 Establécese, para el personal
- Article 84 La presente ley regirá desde su
- Article 85 Los preceptos legales y reglamentarios
- Article 1 A contar de la publicación de la
- Article 2 Por decretos supremos del Ministerio de
- Article 3 Los encasillamientos en dichas plantas
- Article 4 Los funcionarios cuyos encasillamientos
- Article 5 Sin perjuicio de lo dispuesto en el
- Article 6 Los funcionarios en servicio a la fecha
- Article 7 DEROGADO
- Article 8 Facúltase al Presidente de la República
- Article 9 Facúltase al Presidente de la República