MODIFICA EL D.F.L. N.° 5,224, DE 1942, Y EL D.F.L. N.° 767, DE DE 1925, RELACIONADOS CON LA CAJA NACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS (LEY DE PERIODISTAS)
Article 3Todos los imponentes de la Sección Periodística de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodista, tendrán derecho a gozar de la asignación familiar en coformidad a la ley
In force · version of Aug 4, 1944
Artículo 3. Todos los imponentes de la Sección Periodística de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodista, tendrán derecho a gozar de la asignación familiar en coformidad a la ley.