Ley 10.271

INTRODUCE DIVERSAS MODIFICACIONES EN EL CODIGO CIVIL

Article

Article 2o- Substitúyese el epígrafe actual del Título XXII del Libro IV del Código Civil por el siguiente: "De las convenciones matrimoniales y de la sociedad conyugal"

Article 3o- Introdúcense, en la ley N

Article 4o- Introdúcese la siguiente modificación en la Ley de Matrimonio Civil:

Article 5o- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:

Article 6Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 7,613 sobre Adopción:

Article 7o- Introdúcese la siguiente modificación en el Código de Comercio:

Article 8o

Article 9o- Introdúcese la siguiente modificación en la ley N

Article 10Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código de Procedimiento Civil:

Article 11Substitúyese, en el Código de Procedimiento Civil, el epígrafe del Título III del Libro IV por el siguiente: "De la autorización judicial para repudiar la legitimación de un interdicto"

Article 12

Article 13Deróganse todas las disposiciones actuales vigentes que, en materias tributarias, establezcan plazos de prescripción diferentes de los señalados en el inciso primero del artículo 2521 del Código Civil

Article 14Esta ley regirá sesenta días después de la fecha de su publicación en el "Diario Oficial"

Article 1

Article 2

Article 3o

Article 4

Article 5o- Las personas nacidas con anterioridad a la fecha de vigencia de la presente ley podrán también ejercer las acciones de filiación natural que ella concede en los N

Article 6o

Article 7o- En los juicios a que se refieren los dos artículos anteriores, el demandado podrá impugnar la acción probando alguna de las causales indicadas en los números 1

Article 8o

Article 9o

Article 10El Presidente de la República ordenará la publicación de los Códigos y Leyes modificados por la presente ley, incorporando las modificaciones en su texto respectivo"