Ley 12.846

FIJA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY ORGANICA DE LA EMPRESA MARITIMA DEL ESTADO

TÍTULO I. TITULO I .

Article 1

Article 2o La supervigilancia que corresponde al Supremo Gobierno, respecto de la Empresa, se ejercerá por intermedio del Ministerio de Economía, Subsecretaría de Transportes

Article 3

Article 4o Corresponderá a la Empresa Marítima del Estado:

Article 5o La administración será ejercida por un Director General, el que tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Empresa

Article 6

Article 7o El Director General de la Empresa es el Jefe superior del Servicio y será nombrado por el Presidente de la República

Article 8o El Director General tendrá los deberes y atribuciones especiales que a continuación se expresan:

Article 9

Article 10

Article 11Los gastos ordinarios y extraordinarios serán atendidos con las entradas a que se refiere el artículo anterior

Article 12

Article 13

Article 14La Empresa Marítima del Estado, previa autorización del Presidente de la República, podrá emitir bonos o debentures internos, de acuerdo con la ley N

Article 15

Article 16La Empresa consultará anualmente en su presupuesto las sumas necesarias para la permanencia en el extranjero de funcionarios que realicen estudios en aquellos países de mayor adelanto naviero

Article 17

Article 18A la Empresa no le afectará ningún gravamen, aporte, contribución, impuestos o pago por prestación de servicios a favor del Fisco, de las Municipalidades o de cualquier otra entidad o Corporación

Article 19La Empresa Marítima del Estado estará afecta a los derechos, beneficios y obligaciones que las leyes N

Article 20La cuota que a título de impuesto de cifra de negocio cobre la Empresa sobre pasajes, fletes u otros servicios que atiende, se incorporará a los respectivos valores y quedará a beneficio de ella

Article 21Si el Supremo Gobierno decide la mantención de servicios que se efectúan a pérdida, el déficit que ello represente a la Empresa deberá ser de cargo fiscal

Article 22

Article 23

Article 24

Article 25

Article 26

Article 27Para ingresos, calificaciones y ascensos del personal, se procederá en conformidad con las normas que consulten los reglamentos del Servicio

Article 28Ningún nombramiento podrá extenderse a favor de persona que no haya dado cumplimiento a la ley de Servicio Militar Obligatorio o que haya sido condenada por delito que merezca pena aflictiva

Article 29

Article 30

Article 31

Article 32

Article 33La contabilidad de la Empresa estará separada de las otras ramas de la Administración Pública y será llevada en forma que la situación financiera pueda ser exactamente establecida en todo momento

Article 34Sólo tendrán derechos a pases libres permanentes en las naves de la Empresa Marítima del Estado, sin cargo para el Fisco, los Veteranos de la Guerra del Pacífico

Article 35

Article 36

Article 37El Director podrá vender o arrendar bienes raíces que formen parte de la Empresa y que no sean necesarios para el Servicio

Article 38Toda adquisición que comprometa los ejercicios financieros siguientes al año en que se contraiga la obligación, y cuyo monto sea superior a $ 50

Article 39Ningún contrato podrá efectuarse sin que el contratante constituya la garantía que el Director estime suficiente

Article 40El Presidente de la República, en casos calificados, podrá autorizar al Director General para adquirir materiales o productos importados, aun cuando se puedan obtener análogos en el país

Article 41

Article 1

Article 2o Los derechos y obligaciones derivados de la explotación comercial de su tráfico que tenía pendientes el ex Servicio Marítimo, integrarán , asimismo, el patrimonio de la Empresa