🇨🇱 Chile
In force Ley 7 units
FIJA NORMAS PARA LA REINCORPORACION DE EMPLEADOS Y OBREROS EN LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO
Ley 13.426cl-law-1959-09-15-13426Sep 15, 1959
- Article 1
- Article 2
- Article 3 o Los empleados y obreros que se reincorporen a la Empresa no reintegrarán el desahucio que hubiere percibido, con excepción del señalado en la letra a) del artículo 2
- Article 4
- Article 5
- Article 6 o Declárase que el reajuste de las pensiones de montepío que corresponden a la ley N
- Article 7 o No constituirá causal obligatoria de jubilación para el personal de la citada Empresa, el hecho de cumplir 60 años de edad o 35 años de servicios, establecido como tal en los artículos 3