🇨🇱 Chile
In force Ley 35 units
APRUEBA EL CALCULO DE ENTRADAS Y EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA NACION PARA EL AñO 1961, EN MONEDA CORRIENTE Y EN MONEDAS EXTRANJERAS REDUCIDAS A DOLARES.
Ley 14.514cl-law-1960-12-31-14514Dec 31, 1960
- Article
- Article 2
- Article 3 o Con cargo al Presupuesto no podrán pagarse comunicaciones de larga distancia, sino cuando sea de oficina a oficina
- Article 4 o Con cargo a los fondos depositados por particulares para determinado objeto no se podrá contratar empleados ni aumentar remuneraciones
- Article 5 o El derecho de alimentación de que goza el personal de los establecimientos de educación del Estado no se extenderá a sus familiares con excepción de los afectos al decreto N
- Article 6
- Article 7
- Article 8 o No se podrá contratar empleados con cargo al ítem de "Jornales", para los servicios que no sean trabajos de obreros, o sea, de personal en que prevalezca el trabajo físico
- Article 9
- Article 10 o El personal de Carabineros del Servicio de Orden y Seguridad no podrá desempeñar otras funciones fuera de su servicio que las señaladas en los artículos 5
- Article 11
- Article 12
- Article 13
- Article 14
- Article 15
- Article 16
- Article 17 o Del aporte consultado a la Empresa Portuaria de Chile en el Ministerio de Economía, Secretaría y Administración General de Transporte, E° 2
- Article 18
- Article 19 o La Asignación para pagar la indemnización a que se refiere el artículo 203 de la ley N
- Article 20 o Las bonificaciones que durante el año 1960, se pagaron con cargo al ítem 06/01/13 de la ley N
- Article 21
- Article 22
- Article 23 o El ítem 09/01/02/ N
- Article 24
- Article 25
- Article 26 o Los fondos consultados correspondientes a la ley N
- Article 27 o Los derechos de Aduana, impuestos y gravámenes que afecten la internación de máquinas eléctricas y electrónicas de contabilidad y estadística y sus accesorios, destinados al uso exclusivo de las FF
- Article 28 o Autorízase al Tesorero General de la República, para pagar directamente a los interesados, sin necesidad de decreto supremo, las subvenciones consignadas en el ítem 08/01/27
- Article 29 o Facúltase a las Instituciones de previsión para otorgar, con cargo a sus propios fondos, los préstamos a que se refieren los artículos 85 y 86 de la ley N
- Article 30
- Article 31
- Article 32 o Los decretos que deroguen saldos, fijen imputaciones o reduzcan autorizaciones y, en general, todo decreto de fondos sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 37
- Article 33 o La Asignación especial a que se refiere el artículo 16
- Article 34 o El artículo 1
- Article 35