Ley 16.524

ESTABLECE CONDICIONES PARA PAGAR LOS IMPUESTOS QUE SEÑALA Y AUTORIZA LA VENTA DE CERVEZA EN LOS ESTABLECIMIENTOS Y HORAS QUE INDICA

Article

Article 2

Article 3o- Se declaran incobrables, por esta sola vez, los impuestos de vinos y chichas y prorratas que establece el artículo 126

Article 4

Article 5o- Declárase exento del pago de toda contribución fiscal o municipal que afecte a los bienes raíces, al inmueble Rol N

Article 6o- Agrégase al artículo 156