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LEY SOBRE EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS
Ley 19.925cl-law-2004-01-19-19925Jan 20, 2023
- Article
- Article 1 Esta ley regula el expendio de bebidas
- TÍTULO I. TITULO I
- Article 2 Todos los establecimientos que
- Article 3 Todos los establecimientos de expendio
- Article 4 No podrá concederse autorización para
- Article 5 Las patentes se concederán en la forma
- Article 6 Las municipalidades podrán otorgar
- Article 7 En cada comuna, las patentes indicadas
- Article 8 La municipalidad determinará, en su
- Article 9 En la patente deberá anotarse el
- Article 10 Las Municipalidades podrán otorgar a un
- Article 11 Estarán exentas del pago de patentes
- Article 12 En el exterior de todo establecimiento
- Article 13 Los negocios con expendio de cerveza
- Article 14 Todos los establecimientos de expendio
- Article 15 No podrán funcionar negocios de
- Article 16 Ningún negocio de expendio de bebidas
- Article 17 Los hoteles y anexos de hoteles, los
- Article 18 Las bebidas alcohólicas expendidas por
- Article 19 Se prohíbe la venta de bebidas
- Article 20 La municipalidad respectiva deberá
- Article 21 Los establecimientos de expendio de
- Article 22 El Presidente de la República, cuando
- Article 23 En las localidades declaradas zonas
- Article 24 Las bodegas clasificadas en la letra J)
- TÍTULO II. TITULO II
- Article 25 Se prohíbe el consumo de bebidas
- Article 26 Lo dispuesto en el artículo precedente
- Article 27 En los casos a que se refieren los dos
- Article 28 Si un menor de dieciocho años de edad
- Article 29 Prohíbese el ingreso de menores de
- Article 30 El marido, mujer, padre, hijo, guardador
- Article 31 La misma notificación a que se refiere
- Article 32 La madre de los hijos menores de quien
- Article 33 En todos los Servicios de Salud del
- Article 34 Deberán asistir a dichos programas las
- Article 35 En las mismas condiciones, el juez de
- Article 36 El juez podrá ordenar la medida de
- Article 37 Antes de terminar el período de
- Article 38 A petición de cualquiera de los
- Article 39 En todos los establecimientos
- Article 40 Todo establecimiento en que se expendan
- Article 40 bis Toda bebida de graduación
- Article 40 quáter Las disposiciones de este
- TÍTULO III. TITULO III
- Article 41 Quienes, en la atención de los
- Article 42 El que vendiere, obsequiare, ofreciere o
- Article 43 Prohíbese la existencia de bebidas
- Article 44 Las personas naturales que expendan
- Article 45 No obstante lo dispuesto en los dos
- Article 46 El alcalde que otorgare patentes en
- Article 47 Las contravenciones a los artículos 12,
- Article 47 bis La infracción de lo dispuesto en el
- Article 47 ter La infracción de lo dispuesto en el
- Article 47 quáter Las sanciones que se señalan en
- Article 48 Los establecimientos clausurados
- Article 49 No obstante lo dispuesto en los
- Article 50 Sin perjuicio de las clausuras impuestas
- Article 51 De las sanciones que se apliquen por
- Article 52 La conservación de las bebidas
- Article 53 Con excepción de las conductas
- Article 54 Para el juzgamiento de las faltas y
- Article 55 Los créditos resultantes de las
- Article 56 Para los efectos de determinar el
- Article 57 Del total de las sumas que ingresen por
- Article 58 Derógase el Libro II de la ley Nº
- Article La nueva proporción
- Article Exceptúanse de lo
- Article segundo Agrégase, al final del inciso
- Article tercero Introdúcense las siguientes
- Article cuarto Introdúcense las siguientes
- Article quinto Sustitúyese, en el inciso tercero
- Article sexto Agrégase el siguiente artículo 16
- Article séptimo Agrégase, en la letra ñ) del
- Article octavo Declárase que, de conformidad con
- Article Esta ley entrará en vigencia