Ley 21.660

SOBRE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LAS TURBERAS

Article

Article 2Definiciones

Article 3Prohibición

Article 4Plan de manejo sustentable de cubierta vegetal de musgo Sphagnum magellanicum

Article 5Reglamento

Article 6Fiscalización y sanción

Article 7Elimínase, en el literal i) del artículo 10 de la ley Nº 19

Article primeroLa prohibición señalada en el artículo 3º regirá desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial

Article segundoEl reglamento establecido en el artículo 5º deberá ser dictado dentro del plazo de dos años contado desde la publicación de la presente ley

Article terceroEl Ministerio de Agricultura podrá considerar instrumentos de fomento productivo para apoyar a la pequeña agricultura en la elaboración de los planes de manejo sustentable

Article cuarto

Article quinto