MODIFICA LA LEY Nº 18. 695, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES, Y OTROS CUERPOS LEGALES, CON EL OBJETO DE FORTALECER LA INSTITUCIONALIDAD MUNICIPAL EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y PREVENCIÓN DEL DELITO
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In force · version of Feb 11, 2026
Artículo decimoquinto.- Dentro del plazo de un año contado desde la entrada en vigencia de la presente ley, el Ministerio de Seguridad Pública deberá actualizar la Política Nacional de Seguridad Pública y ajustar su contenido a lo dispuesto en esta ley de conformidad con lo establecido en el literal c) del artículo 5° de la ley N° 21.730, que crea el Ministerio de Seguridad Pública.