Ley 21.838

DICTA NORMAS SOBRE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA Y CONOCIMIENTO

Article 1Objeto de la ley

Article 2Definiciones

Article 3Investigación en instituciones de educación superior

Article 4Fomento de proyectos para la investigación, creación y transferencia e intercambio de tecnología y conocimiento

Article 5Fomento de la transferencia de tecnología y conocimiento

Article 6Repositorio Nacional de Conocimiento e Información Científica y Tecnológica

Article 7Fomento de la Ciencia Abierta

Article 8Creación de empresas de base científico-tecnológica y participación en ellas por parte de instituciones de educación superior

Article 9Transparencia activa en la participación de instituciones de educación superior públicas y privadas en empresas de base científico-tecnológica

Article 10

Article 11Posibilidad de que las instituciones de educación superior estatales que participan en empresas de base científico-tecnológica suscriban contratos o convenios de cooperación con ellas

Article 12Derechos y obligaciones de intervención sobre resultados de investigación financiados con fondos públicos

Article 13Atribución de derechos patrimoniales de autor por obras creadas en investigaciones científico-tecnológicas determinadas

Article 14

Article 15Introdúcense en el artículo 4º de la ley Nº 20

Article primeroLas normas de la presente ley entrarán en vigor el primer día del sexto mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial

Article segundoLos reglamentos a que se refieren los artículos 5, 6, 9 y 12 deberán ser dictados en el plazo de seis meses contado desde la entrada en vigencia de la presente ley