ESTABLECE LAS DISPOSICIONES POR QUE SE REGIRA LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO.
Article 6
In force · version of May 27, 1931
Art. 6.o El Director General será el Jefe superior del servicio y responderá de la Administración de los Ferrocarriles, sin perjuicio de la responsabilidad personal que incumbe a los demás empleados; representará judicial y extrajudicialmente a la Empresa; celebrará todos los contratos y ejecutará o mandará ejecutar todos los actos necesarios para su funcionamiento, de acuerdo con las leyes y reglamentos.