FIJA TEXTO DEFINITIVO DEL DFL 2, DE 1959, SOBRE PLAN HABITACIONAL.
Article 78
In force · version of Jul 31, 1959
Artículo 78. Las personas naturales o jurídicas que convengan operaciones de compraventa y de préstamos hipotecarios sobre "viviendas económicas", podrán acogerse al sistema de reajuste establecido en el artículo anterior. Estos reajustes estarán exentos de todo impuesto.