FIJA LAS ESCALAS DE CATEGORIAS, GRADOS Y SUELDOS DEL PERSONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD
Article 9
In force · version of Feb 1, 1960
Artículo 9.o El Presidente de la República, a proposición del Consejo, podrá autorizar la contratación, conforme a las disposiciones del Código del Trabajo, a empleados técnicos especializados, para labores determinadas.