DE LA CLASIFICACION, NOMBRAMIENTOS, ASCENSOS Y CALIFICACION DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS.
Article 50
In force · version of Apr 5, 1960
Artículo 50.o Mientras se encuentran en trámite los mensajes del Ejecutivo para recabar del Senado la aprobación para conferir los grados de Coronel, General de Brigada y General de División (E), o sus equivalentes en la Armada y Fuerza Aérea, se aumentarán las plazas correspondientes al número y grado de los Oficiales cuyos ascensos se hallen en tramitación, a fin de que sean llenadas por los Oficiales de los grados inferiores que tengan cumplidos los requisitos para el ascenso.