APRUEBA LA LEY ORGANICA DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
Article 5
This law no longer applies (Repealed).
Artículo 5.o Cuando el Presidente del Consejo lo estime necesario podrá integrar el Consejo con el Abogado Jefe del Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos Internos o con el Abogado Jefe del Departamento de Defensa de la Ley de Alcoholes. Esta integración será obligatoria cuando se trate de estudiar normas generales relativas a la defensa y representación del Fisco en las materias propias de sus respectivos departamentos.