APRUEBA LA LEY ORGANICA DE LA DIRECCION DE ESTADISTICA Y CENSOS; LA DECLARA EN REORGANIZACION Y FIJA LAS PLANTAS Y REMUNERACIONES DE SUS FUNCIONARIOS; DEROGA EL DECRETO CON FUERZA DE LEY 325, DE 1953, QUE APROBO LA LEY ORGANICA DEL MENCIONADO SERVICIO.
Article 30o El Presidente de la República podrá efectuar el encasillamiento, sin sujeción a las reglas generales sobre provisión de cargos
In force · version of Apr 6, 1960
Artículo 30.o El Presidente de la República podrá efectuar el encasillamiento, sin sujeción a las reglas generales sobre provisión de cargos. No obstante, los cargos que no sean proveídos, con el personal en actual servicio, podrán ser llenados por el Presidente de la República sin sujeción a las reglas generales sobre provisión de cargos, pero dándose cumplimiento a lo prescrito en el artículo 11.o del decreto con fuerza de ley N.o 256, de 1953.