FIJA DISPOSICIONES RELATIVAS A COOPERATIVAS
Article 39La dirección, administración, operación y vigilancia de las cooperativas estarán a cargo de:
In force · version of Apr 6, 1960
Artículo 39º.- La dirección, administración, operación y vigilancia de las cooperativas estarán a cargo de: a) La Junta General de Socios; b) El Consejo de Administración; c) El Gerente; y d) La Junta de Vigilancia.