ESTABLECE NORMAS SOBRE LIQUIDACION DE LA INDEMNIZACION POR LA EXPROPIACION
Article 28Si se reclamare de la procedencia de la expropiación, no se iniciará el procedimiento contemplado en este decreto mientras no quede a firme el fallo que rechace dicha reclamación
In force · version of Feb 9, 1968
Artículo 28.- Si se reclamare de la procedencia de la expropiación, no se iniciará el procedimiento contemplado en este decreto mientras no quede a firme el fallo que rechace dicha reclamación.