ESTABLECE ESTATUTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
Article 96o- La Lista anual de Retiro del personal de Planta de las Fuerzas Armadas se formará sucesivamente con:
In force · version of Oct 7, 1968
Artículo 96.o- La Lista anual de Retiro del personal de Planta de las Fuerzas Armadas se formará sucesivamente con: a) Los Clasificados en Lista 4, b) Los que hayan sido clasificados por segunda vez consecutiva en Lista 3, c) Los clasificados en Lista 3, d) Los clasificados en Lista 2, y e) Los clasificados en Lista 1. El personal que se encuentre en los casos señalados en las letras a) y b) anteriores, integrarán la Lista de Retiros aún cuando su número exceda a la cuota previamente determinada por el Presidente de la República o el respectivo Comandante en Jefe, entendiéndose de hecho aumentada la Lista de Retiros en el número necesario para incluir a dicho personal. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 92.o, el personal afectado al presente Estatuto no podrá solicitar su inclusión en la Lista de Retiros.