ESTABLECE ESTATUTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
Article 2o- Quedará afecto a este Estatuto, el siguiente personal:
In force · version of Oct 7, 1968
Artículo 2.o- Quedará afecto a este Estatuto, el siguiente personal: a) Personal de las Plantas de las Subsecretarías del Ministerio de Defensa Nacional. b) Personal de Planta de las Fuerzas Armadas. c) Personal a Contrata, y d) Profesores Civiles, Personal de Reserva llamado al servicio activo, Conscriptos, Alféreces, Guardiamarinas, Subalféreces, Cadetes, Grumetes, Aprendices, Alumnos de las Escuelas Institucionales y Personal a Jornal, en las materias que expresamente se refiera a ellos.