ESTABLECE ESTATUTO DEL PERSONAL DE CARABINEROS DE CHILE
Article 21La declaración que hace el inciso final del artículo 53º de la ley Nº 16
In force · version of Oct 17, 1968
Artículo 21º.- La declaración que hace el inciso final del artículo 53º de la ley Nº 16.250, de 1965, en el sentido de que las sumas resultantes de exceso quedarán a favor de la Caja de Previsión de los Carabineros de Chile, debe entenderse que es hecha en favor del fondo de desahucio que administra dicha Caja en cumplimiento a la ley Nº 9.071. La Caja de Previsión de Carabineros traspasará estos fondos, a la Dirección General de Carabineros, en la misma fecha y con el mismo objeto señalado en el artículo 143º.