APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY DE HACIENDA Nº 213, DE 1953, SOBRE ORDENANZA DE ADUANAS
Article 194Todos los consignantes y consignatarios DL 743/74 Art
In force · version of Sep 17, 2025
Artículo 194.- Todos los consignantes y consignatarios DL 743/74 Art. 1º responderán por el monto total de sus obligaciones aduaneras. Los que tengan licencia para despachar responderán, además, en el orden civil y administrativo por los actos y omisiones propios o de los del apoderado especial y demás auxiliares que tengan registrados o hayan debido registrar ante la Aduana, en los términos del artículo 200 de esta Ordenanza. Sin embargo, el titular de la licencia tendrá derecho a repetir en contra del apoderado especial y demás auxiliares, en aquellos casos en que se haga efectiva su responsabilidad por actos u omisiones indebidos realizados por ellos, todo lo cual se entiende sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria que la autoridad aduanera pueda hacer efectiva directamente respecto a dicho apoderado especial y demás auxiliares.