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Ley 6/2020, de 1 de diciembre, de Artes Escénicas de Extremadura.

Ley 6/2020es-law-2020-12-01-6Dec 1, 2020

Teatros Nacionales y Festivales de España

  1. Preamble Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Article 1 Objeto de la Ley
  4. Article 2 Ámbito de aplicación de la Ley
  5. Article 3 Definiciones
  6. Article 4 Fines básicos de la Ley
  7. Article 5 De los procesos del sistema escénico y de los agentes e instituciones que intervienen
  8. Article 6 Consejo Extremeño de las Artes Escénicas
  9. Article 7 De la actividad y la práctica escénica del sistema
  10. Article 8 Del patrimonio escénico
  11. TÍTULO I
  12. CAPÍTULO I
  13. Article 9 Competencias de la Junta de Extremadura
  14. Article 10 De la coordinación y colaboración de los órganos y entidades de la Junta de Extremadura con otras entidades públicas o privadas de las Artes Escénicas
  15. Article 11 De la gestión de espacios escénicos
  16. Article 12 Fines y usos de los espacios escénicos
  17. Article 13 De los teatros, salas, auditorios y otros espacios escénicos
  18. Article 14 Red de espacios escénicos públicos y privados
  19. Article 15 De las actividades de los teatros, salas, auditorios y espacios escénicos de titularidad pública y privada
  20. Article 16 Medidas de fomento
  21. Article 17 Medidas para la promoción de la igualdad
  22. Article 18 Medidas para la accesibilidad social de las Artes Escénicas
  23. Article 19 Medidas para el equilibrio territorial
  24. Article 20 Medidas de fomento y apoyo a la creación escénica
  25. Article 21 Criterios a tener en cuenta en las medidas de fomento a la creación escénica
  26. Article 22 Medidas de fomento y apoyo a la difusión y exhibición escénica
  27. Article 23 Criterios a tener en cuenta en las medidas de fomento a la exhibición y difusión escénica
  28. Article 24 Medidas de fomento para los espacios escénicos de difusión y exhibición escénica.
  29. Article 25 Medidas de fomento de la exhibición en itinerancia
  30. Article 26 Medidas de fomento de Redes y circuitos. Ferias, festivales, muestras u otros modelos de exhibición de Artes Escénicas
  31. Article 27 De la recepción de la propuesta escénica por parte del lugar de exhibición
  32. Article 28 Acceso a la actividad escénica por parte del público
  33. Article 29 Del público en la recepción escénica
  34. Article 30 De la información y la promoción de la recepción escénica
  35. Article 31 De la divulgación y conservación de los bienes escénicos
  36. Article 32 De la necesidad de la investigación escénica
  37. Article 33 De los centros o espacios de investigación escénica
  38. Article 34 De los incentivos a la investigación escénica
  39. CAPÍTULO V
  40. Article 35 Del fomento de la animación escénica
  41. Article 36 Del fomento de las Artes Escénicas no profesionales
  42. Article 37 Disposiciones comunes
  43. Article 38 Compañías residentes
  44. Article 39 Residencias artísticas
  45. Provision adicional unica
  46. Provision final primera Desarrollo reglamentario
  47. Provision final segunda Entrada en vigor