Decreto Legislativo 1/2011, de 28 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado.
Article 13Mínimo exento
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Artículo 13. Mínimo exento.
El mínimo exento en el impuesto sobre el patrimonio se establece en 700.000 euros.
Se modifica por el art. 2 de la Ley 12/2011, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-1252.