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Real Decreto Legislativo 56 units

Decreto Legislativo 1/2011, de 28 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado.

Real Decreto Legislativo 1/2011es-legislative-decree-2011-07-28-1Nov 19, 2011

Tasas

  1. Preamble Preámbulo
  2. Article único
  3. Provision adicional única Remisiones normativas
  4. Provision derogatoria única Derogación normativa
  5. Provision final única Entrada en vigor
  6. Article 1 Objeto
  7. Article 2 Ámbito de aplicación
  8. Article 3 Conceptos generales
  9. Article 3 bis Tratamiento fiscal de las uniones estables de pareja
  10. Article 4 Escala autonómica o complementaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas
  11. Article 4 bis Mínimo personal y familiar
  12. Article 5 Deducciones en la cuota íntegra autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas
  13. Article 6 Reducciones de carácter subjetivo
  14. Article 7 Reducciones de carácter objetivo
  15. Article 8 Reducciones de carácter objetivo
  16. Article 9 Tarifa
  17. Article 10 Cuota tributaria
  18. Article 11 Deducciones en la cuota tributaria
  19. Article 12 Donaciones en contratos de vitalicio
  20. Article 13 Mínimo exento
  21. Article 13 bis Cuota íntegra
  22. Article 13 ter Deducciones en la cuota del impuesto sobre el patrimonio
  23. Article 13 quater Bonificación en la cuota íntegra
  24. Article 14 Tipo de gravamen en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas
  25. Article 15 Tipo de gravamen en la modalidad de actos jurídicos documentados
  26. Article 16 Deducciones y bonificaciones en la cuota íntegra en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas
  27. Article 17 Deducciones y bonificaciones en la cuota íntegra en la modalidad de actos jurídicos documentados
  28. Article 18 Tipo de gravamen autonómico en el impuesto sobre hidrocarburos
  29. Article 19 Tasa sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias
  30. Article 20 Tasa sobre juegos de suerte, envite o azar
  31. Article 21 Presentación de declaraciones
  32. Article 22 Acreditación de la presentación y pago
  33. Article 23 Beneficios fiscales no aplicables de oficio
  34. Article 24 Aplazamientos y fraccionamientos
  35. Article 25 Procedimiento para la aplicación de presunciones en el impuesto sobre sucesiones y donaciones
  36. Article 26 Valoración previa de bienes inmuebles
  37. Article 27 Comprobación de valores
  38. Article 28 Normas generales de la tasación pericial contradictoria
  39. Article 29 Procedimiento de la tasación pericial contradictoria
  40. Article 30 Liquidación y pago de la tasa fiscal sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias
  41. Article 31 Liquidación y pago de la tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar
  42. Article 32 Obligaciones formales de los notarios
  43. Article 33 Obligaciones formales de los registradores de la propiedad inmobiliaria y mercantil
  44. Article 34 Suministro de información por las entidades que realicen subastas de bienes muebles
  45. Article 35 Obligaciones formales de los operadores que presten servicios de tarificación adicional y de los operadores de red de servicios de tarificación adicional
  46. Article 36 Obligaciones formales de los operadores que presten servicios de comunicaciones electrónicas
  47. Article 37 Suministro de información sobre otorgamiento de concesiones
  48. Article 38 Suministro de información sobre bienes muebles usados
  49. Article 39 Suministro de información sobre juegos
  50. Provision adicional única Terminología
  51. Provision transitoria primera Plazo de mantenimiento de las adquisiciones mortis causa de la vivienda habitual del causante
  52. Provision transitoria segunda Aplicación de la normativa procedimental
  53. Provision transitoria tercera Régimen aplicable al impuesto sobre el patrimonio durante la vigencia del impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas
  54. Provision final primera Habilitación normativa
  55. Provision final segunda Leyes de presupuestos
  56. Provision final tercera Vigencia temporal de determinados beneficios fiscales