Orden PJC/972/2026, de 14 de septiembre, por la que se regulan el Comité Asesor para la Valoración de Tratamientos con Hormona de Crecimiento y Sustancias relacionadas y el Comité Interdisciplinar de Valoración de Tratamientos de Protonterapia para el colectivo de mutualistas adscrito a entidades de seguro concertadas y se establecen su composición y funciones dentro del organismo autónomo Mutualidad General Judicial.
Article 5Funciones del Comité Interdisciplinar para la valoración de tratamientos de protonterapia
Conforme al procedimiento establecido por MUGEJU O.A, el Comité Interdisciplinar para la valoración de tratamientos de protonterapia habrá de emitir dictamen sobre su idoneidad y conveniencia en base a las condiciones e indicaciones terapéuticas y de financiación establecidas por la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.