Orden DCA/1079/2026, de 7 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales para la erradicación de asentamientos irregulares de personas trabajadoras temporeras.
Article 10Criterios objetivos de evaluación de las solicitudes
La evaluación de los proyectos presentados, hasta un máximo de cien puntos, se efectuará con arreglo a los criterios que se indican a continuación:
1. Impacto esperado del proyecto en relación con el diagnóstico de la situación social existente (máximo 20 puntos). Se valorará el grado de correspondencia entre el diagnóstico presentado, la magnitud del problema identificado a través de indicadores de vulnerabilidad, la existencia de un Plan municipal de erradicación aprobado en Pleno, y el impacto previsto del proyecto, medido mediante indicadores de resultado (número de personas realojadas, porcentaje de mejora en acceso a servicios básicos, número de alojamientos construidos o reacondicionados).
2. Diseño del proyecto bajo criterios de accesibilidad física, eficiencia energética, durabilidad de conservación de los edificios y calidad urbanística para su adaptación al entorno urbano y ambiental en el que se encuentre (máximo 15 puntos).
3. Adaptación del proyecto para poder destinarse a un uso distinto al de alojamiento temporal cuando la circunstancias así lo requieran o se esté fuera de temporada (máximo 5 puntos).
4. Inclusión en el diseño del proyecto de una perspectiva integral de desarrollo sostenible que incorpore medidas con un impacto social, medioambiental y económico (máximo 20 puntos). Se valorará la incorporación de medidas ambientales (eficiencia energética, gestión de residuos, entre otros), sociales (igualdad de género, acceso a servicios básicos, entre otros) y económicas (empleo digno, crecimiento económico, entre otros) que estén acompañados de indicadores cuantificables.
5. Inclusión en el plan de realojo de medidas que fomenten la igualdad de trato y ayuden a eliminar cualquier indicio de discriminación por nacimiento, raza, identidad o expresión de género, sexo, identidad sexual, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Se valorará la inclusión de Protocolos convivencia, detección y derivación de violencia de género, trata y explotación, así como la inclusión de puntos de iluminación, control de accesos, privacidad, y espacios seguros para mujeres solas, embarazadas y familias monoparentales (máximo 10 puntos).
6. Calidad de las medidas incluidas en el plan de realojo e inclusión sociocultural de las personas temporeras en su entorno elaborados con participación de los servicios sociales municipales y entidades sociales (máximo 10 puntos).
7. Inclusión en el diseño del plan de realojo de medidas orientadas a generar una participación efectiva de las personas trabajadoras temporeras en instituciones y entidades sociales de su entorno (máximo 15 puntos).
8. Experiencia de las entidades en proyectos similares o relacionados con el objeto de la subvención (máximo 5 puntos).