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Real Decreto 149 units

Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios.

Real Decreto 424/2005es-royal-decree-2005-04-15-424Apr 29, 2005

Teléfonos

  1. Preamble Preámbulo
  2. Article único
  3. Provision adicional única Transformación de títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico
  4. Provision transitoria primera Títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico
  5. Provision transitoria segunda
  6. Provision transitoria tercera Composición del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información
  7. Provision derogatoria única Derogación normativa
  8. Provision final primera Modificación del Reglamento de desarrollo de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico
  9. Provision final segunda
  10. Provision final tercera Modificación del Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de la conformidad de los aparatos de telecomunicaciones, aprobado por el Real Decreto 1890/2000, de 20 de noviembre
  11. Provision final cuarta
  12. Provision final quinta Facultades de desarrollo
  13. Provision final sexta Título competencial
  14. Provision final séptima Entrada en vigor
  15. Article 1 Objeto del reglamento
  16. Article 2 Sujetos obligados
  17. Article 3 Régimen jurídico
  18. Article 4 Requisitos generales
  19. Article 5 Notificación a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones
  20. Article 6 Extinción de la habilitación
  21. Article 7 Objeto del Registro de operadores
  22. Article 8 Acceso al registro y expedición de certificaciones
  23. Article 9 Estructura del registro
  24. Article 10 Inscripción en el registro
  25. Article 11 Declaración normalizada de haberse producido la notificación e inscripción
  26. Article 12 Modificación de los datos inscritos
  27. Article 13 Otros datos incluidos en el registro
  28. Article 14 Cancelación de la inscripción
  29. Article 15 Derechos de los operadores
  30. Article 16 Condiciones que deben cumplir los operadores
  31. Article 17 Condiciones generales
  32. Article 18 Condiciones exigibles a los operadores que exploten redes públicas de comunicaciones electrónicas
  33. Article 19 Condiciones exigibles a los operadores que exploten redes telefónicas públicas
  34. Article 20 Condiciones exigibles a los operadores que presten el servicio telefónico disponible al público
  35. Article 21 Obligaciones de suministro de información
  36. Article 22 Modificación de las condiciones exigibles
  37. Article 23 Categorías de obligaciones de servicio público o de carácter público
  38. Article 24 Sujetos obligados
  39. Article 25 Administración competente
  40. Article 26 Principios aplicables en la imposición de obligaciones de servicio público
  41. Article 27 Concepto y delimitación de los servicios que se incluyen en el ámbito del servicio universal
  42. Article 28 Conexión a la red pública y acceso al servicio telefónico disponible al público
  43. Article 29 Solicitudes de conexión a la red y plazo máximo de suministro
  44. Article 30 Guías telefónicas
  45. Article 31 Servicio de consulta telefónica sobre números de abonado
  46. Article 32 Teléfonos públicos de pago u otros puntos de acceso público a la telefonía vocal
  47. Article 33 Otras medidas para facilitar la accesibilidad al servicio por las personas con discapacidad
  48. Article 34 Condiciones relativas a la calidad
  49. Article 35 Concepto y objetivos
  50. Article 36 Designación de operador para la prestación del servicio universal
  51. Article 37 Prestación del servicio universal mediante licitación
  52. Article 38 Prestación del servicio universal por designación directa
  53. Article 39 Concepto de coste neto
  54. Article 40 Componentes de coste neto del servicio universal
  55. Article 41 Coste neto de las obligaciones de suministrar la conexión a la red pública de comunicaciones electrónicas
  56. Article 42 Coste neto de las obligaciones de prestar el servicio telefónico disponible al público
  57. Article 43 Coste neto de las obligaciones relativas a las guías telefónicas y al servicio de consulta telefónica sobre números de abonado
  58. Article 44 Coste neto de las obligaciones relativas a los teléfonos públicos de pago
  59. Article 45 Determinación periódica del coste neto, verificación y aprobación administrativa
  60. Article 46 Determinación de la existencia de una carga injustificada
  61. Article 47 Operadores obligados a financiar el servicio universal
  62. Article 48 Objetivos y principios de la financiación
  63. Article 49 Parámetros de reparto del coste neto entre los operadores obligados
  64. Article 50 Fondo nacional de financiación del servicio universal. Naturaleza y fines. Supresión del fondo
  65. Article 51 Recursos del Fondo nacional de financiación del servicio universal. Aportaciones y gestión
  66. Article 52 Costes de administración del fondo
  67. Article 53 Obligaciones de servicio público previstas en el apartado 1 del artículo 25 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones
  68. Article 54 Obligaciones de servicio público previstas en el apartado 2 del artículo 25 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones
  69. Article 55 Principios aplicables para la determinación de los operadores obligados a cumplir las obligaciones de servicio público previstas en este capítulo
  70. Article 56 Obligaciones de servicio público en materia de transmisión de determinados canales y servicios de programas de radiodifusión y televisión
  71. Article 57 Derecho a la ocupación del dominio público y a ser beneficiario en expedientes de expropiación forzosa
  72. Article 58 Derecho a ser beneficiarios en el procedimiento de expropiación forzosa
  73. Article 59 Uso compartido del dominio público y privado para la instalación de infraestructuras
  74. Article 60 Otras servidumbres y limitaciones
  75. Article 61 Ámbito de aplicación
  76. Article 62 Protección y seguridad de los datos personales
  77. Article 63 Régimen jurídico
  78. Article 64 Definiciones
  79. Article 65 Datos personales sobre el tráfico y la facturación
  80. Article 66 Protección de los datos personales en la facturación desglosada
  81. Article 67 Guías de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público
  82. Article 68 Prestación de los servicios de elaboración de guías de abonados y de consulta telefónica sobre números de abonado
  83. Article 69 Llamadas no solicitadas para fines de venta directa
  84. Article 70 Datos de localización distintos de los datos de tráfico
  85. Article 71 Visualización y restricción de la línea de origen y conectada
  86. Article 72 Supresión en origen, llamada a llamada, de la identificación de la línea de origen
  87. Article 73 Supresión en origen por línea de la identificación de la línea de origen
  88. Article 74 Código de selección de operador
  89. Article 75 Supresión en destino de la identificación de la línea de origen
  90. Article 76 Filtrado en destino de llamadas sin identificación
  91. Article 77 Eliminación de la supresión en origen de la identificación de línea de origen
  92. Article 78 Supresión permanente en destino de la identidad de la línea de origen
  93. Article 79 Supresión de la identificación de la línea conectada
  94. Article 80 Características técnicas
  95. Article 81 Responsabilidad de los operadores que tengan sus redes interconectadas
  96. Article 82 Desvío automático de llamadas
  97. Article 83 Objeto
  98. Article 84 Definiciones
  99. Article 85 Sujetos obligados y obligación de colaborar
  100. Article 86 Requisitos generales
  101. Article 87 Acceso a las comunicaciones electrónicas
  102. Article 88 Información relativa a la interceptación
  103. Article 89 Información previa a la interceptación
  104. Article 90 Información para la interceptación
  105. Article 91 Lugares para la interceptación
  106. Article 92 Personal autorizado
  107. Article 93 Confidencialidad
  108. Article 94 Acceso en tiempo real
  109. Article 95 Interfaces de interceptación
  110. Article 96 Señal en claro y calidad de la señal entregada
  111. Article 97 Secreto de las comunicaciones
  112. Article 98 Interceptaciones múltiples y simultáneas
  113. Article 99 Plazo de ejecución de la interceptación
  114. Article 100 Abono del coste de la interceptación
  115. Article 101 Infracciones
  116. Article 102 a 104 Arts. 102 a 104
  117. Article 102 Objeto
  118. Article 103 Condiciones de prestación de los servicios
  119. Article 104 Procedimientos de resolución de conflictos
  120. Article 105 a 108 Arts. 105 a 108
  121. Article 105 Contratos para el acceso a la red de telefonía pública
  122. Article 106 Otros contratos
  123. Article 107 Modificaciones contractuales
  124. Article 108 Aprobación y notificación de contratos
  125. Article 109 a 111 Arts. 109 a 111
  126. Article 109 Transparencia y publicación de información
  127. Article 110 Obligaciones sobre calidad y facturación
  128. Article 111 Modificación de ofertas
  129. Article 112 a 119 Arts. 112 a 119
  130. Article 112 Facturación del servicio telefónico
  131. Article 113 Derecho de desconexión de determinados servicios
  132. Article 114 Conservación de los números telefónicos por los abonados
  133. Article 115 Derecho a indemnización por la interrupción temporal del servicio telefónico disponible al público
  134. Article 116 Regulación de determinados aspectos del servicio telefónico disponible al público
  135. Article 117 Depósitos de garantía
  136. Article 118 Suspensión temporal del servicio telefónico disponible al público desde una ubicación fija
  137. Article 119 Interrupción definitiva del servicio telefónico disponible al público desde una ubicación fija
  138. Article 120 Derecho a compensación por la interrupción temporal del servicio de acceso a Internet
  139. Provision adicional única Cálculo del coste neto del servicio universal en caso de recepción de ayudas
  140. Provision transitoria primera Títulos habilitantes para la prestación de servicios y el establecimiento de redes de comunicaciones electrónicas anteriores a este reglamento
  141. Provision transitoria segunda Régimen transitorio aplicable al servicio universal
  142. Provision transitoria tercera Vigencia de la Orden CTE/711/2002, de 26 de marzo, del Real Decreto 903/1997, de 16 de junio, y de la Orden de 14 de octubre de 1999
  143. Provision transitoria cuarta Prestación de los servicios a los que se refiere la disposición transitoria cuarta de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones
  144. Provision transitoria quinta Obligaciones de servicio público del servicio portador de televisión analógica
  145. Provision transitoria sexta Plazo para el cumplimiento de los requisitos en materia de interceptación legal de las comunicaciones
  146. Provision transitoria séptima Guías de servicios de comunicaciones electrónicas
  147. Provision transitoria octava Derechos de los consumidores y usuarios
  148. Provision transitoria novena Disposiciones relativas a la prestación de las facilidades de identificación de la línea de origen o de la línea conectada
  149. Provision final única Modelo de declaración normalizada