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Real Decreto 149 units
Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios.
Real Decreto 424/2005es-royal-decree-2005-04-15-424Apr 29, 2005
- Preamble Preámbulo
- Article único
- Provision adicional única Transformación de títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico
- Provision transitoria primera Títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico
- Provision transitoria segunda
- Provision transitoria tercera Composición del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información
- Provision derogatoria única Derogación normativa
- Provision final primera Modificación del Reglamento de desarrollo de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico
- Provision final segunda
- Provision final tercera Modificación del Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de la conformidad de los aparatos de telecomunicaciones, aprobado por el Real Decreto 1890/2000, de 20 de noviembre
- Provision final cuarta
- Provision final quinta Facultades de desarrollo
- Provision final sexta Título competencial
- Provision final séptima Entrada en vigor
- Article 1 Objeto del reglamento
- Article 2 Sujetos obligados
- Article 3 Régimen jurídico
- Article 4 Requisitos generales
- Article 5 Notificación a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones
- Article 6 Extinción de la habilitación
- Article 7 Objeto del Registro de operadores
- Article 8 Acceso al registro y expedición de certificaciones
- Article 9 Estructura del registro
- Article 10 Inscripción en el registro
- Article 11 Declaración normalizada de haberse producido la notificación e inscripción
- Article 12 Modificación de los datos inscritos
- Article 13 Otros datos incluidos en el registro
- Article 14 Cancelación de la inscripción
- Article 15 Derechos de los operadores
- Article 16 Condiciones que deben cumplir los operadores
- Article 17 Condiciones generales
- Article 18 Condiciones exigibles a los operadores que exploten redes públicas de comunicaciones electrónicas
- Article 19 Condiciones exigibles a los operadores que exploten redes telefónicas públicas
- Article 20 Condiciones exigibles a los operadores que presten el servicio telefónico disponible al público
- Article 21 Obligaciones de suministro de información
- Article 22 Modificación de las condiciones exigibles
- Article 23 Categorías de obligaciones de servicio público o de carácter público
- Article 24 Sujetos obligados
- Article 25 Administración competente
- Article 26 Principios aplicables en la imposición de obligaciones de servicio público
- Article 27 Concepto y delimitación de los servicios que se incluyen en el ámbito del servicio universal
- Article 28 Conexión a la red pública y acceso al servicio telefónico disponible al público
- Article 29 Solicitudes de conexión a la red y plazo máximo de suministro
- Article 30 Guías telefónicas
- Article 31 Servicio de consulta telefónica sobre números de abonado
- Article 32 Teléfonos públicos de pago u otros puntos de acceso público a la telefonía vocal
- Article 33 Otras medidas para facilitar la accesibilidad al servicio por las personas con discapacidad
- Article 34 Condiciones relativas a la calidad
- Article 35 Concepto y objetivos
- Article 36 Designación de operador para la prestación del servicio universal
- Article 37 Prestación del servicio universal mediante licitación
- Article 38 Prestación del servicio universal por designación directa
- Article 39 Concepto de coste neto
- Article 40 Componentes de coste neto del servicio universal
- Article 41 Coste neto de las obligaciones de suministrar la conexión a la red pública de comunicaciones electrónicas
- Article 42 Coste neto de las obligaciones de prestar el servicio telefónico disponible al público
- Article 43 Coste neto de las obligaciones relativas a las guías telefónicas y al servicio de consulta telefónica sobre números de abonado
- Article 44 Coste neto de las obligaciones relativas a los teléfonos públicos de pago
- Article 45 Determinación periódica del coste neto, verificación y aprobación administrativa
- Article 46 Determinación de la existencia de una carga injustificada
- Article 47 Operadores obligados a financiar el servicio universal
- Article 48 Objetivos y principios de la financiación
- Article 49 Parámetros de reparto del coste neto entre los operadores obligados
- Article 50 Fondo nacional de financiación del servicio universal. Naturaleza y fines. Supresión del fondo
- Article 51 Recursos del Fondo nacional de financiación del servicio universal. Aportaciones y gestión
- Article 52 Costes de administración del fondo
- Article 53 Obligaciones de servicio público previstas en el apartado 1 del artículo 25 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones
- Article 54 Obligaciones de servicio público previstas en el apartado 2 del artículo 25 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones
- Article 55 Principios aplicables para la determinación de los operadores obligados a cumplir las obligaciones de servicio público previstas en este capítulo
- Article 56 Obligaciones de servicio público en materia de transmisión de determinados canales y servicios de programas de radiodifusión y televisión
- Article 57 Derecho a la ocupación del dominio público y a ser beneficiario en expedientes de expropiación forzosa
- Article 58 Derecho a ser beneficiarios en el procedimiento de expropiación forzosa
- Article 59 Uso compartido del dominio público y privado para la instalación de infraestructuras
- Article 60 Otras servidumbres y limitaciones
- Article 61 Ámbito de aplicación
- Article 62 Protección y seguridad de los datos personales
- Article 63 Régimen jurídico
- Article 64 Definiciones
- Article 65 Datos personales sobre el tráfico y la facturación
- Article 66 Protección de los datos personales en la facturación desglosada
- Article 67 Guías de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público
- Article 68 Prestación de los servicios de elaboración de guías de abonados y de consulta telefónica sobre números de abonado
- Article 69 Llamadas no solicitadas para fines de venta directa
- Article 70 Datos de localización distintos de los datos de tráfico
- Article 71 Visualización y restricción de la línea de origen y conectada
- Article 72 Supresión en origen, llamada a llamada, de la identificación de la línea de origen
- Article 73 Supresión en origen por línea de la identificación de la línea de origen
- Article 74 Código de selección de operador
- Article 75 Supresión en destino de la identificación de la línea de origen
- Article 76 Filtrado en destino de llamadas sin identificación
- Article 77 Eliminación de la supresión en origen de la identificación de línea de origen
- Article 78 Supresión permanente en destino de la identidad de la línea de origen
- Article 79 Supresión de la identificación de la línea conectada
- Article 80 Características técnicas
- Article 81 Responsabilidad de los operadores que tengan sus redes interconectadas
- Article 82 Desvío automático de llamadas
- Article 83 Objeto
- Article 84 Definiciones
- Article 85 Sujetos obligados y obligación de colaborar
- Article 86 Requisitos generales
- Article 87 Acceso a las comunicaciones electrónicas
- Article 88 Información relativa a la interceptación
- Article 89 Información previa a la interceptación
- Article 90 Información para la interceptación
- Article 91 Lugares para la interceptación
- Article 92 Personal autorizado
- Article 93 Confidencialidad
- Article 94 Acceso en tiempo real
- Article 95 Interfaces de interceptación
- Article 96 Señal en claro y calidad de la señal entregada
- Article 97 Secreto de las comunicaciones
- Article 98 Interceptaciones múltiples y simultáneas
- Article 99 Plazo de ejecución de la interceptación
- Article 100 Abono del coste de la interceptación
- Article 101 Infracciones
- Article 102 a 104 Arts. 102 a 104
- Article 102 Objeto
- Article 103 Condiciones de prestación de los servicios
- Article 104 Procedimientos de resolución de conflictos
- Article 105 a 108 Arts. 105 a 108
- Article 105 Contratos para el acceso a la red de telefonía pública
- Article 106 Otros contratos
- Article 107 Modificaciones contractuales
- Article 108 Aprobación y notificación de contratos
- Article 109 a 111 Arts. 109 a 111
- Article 109 Transparencia y publicación de información
- Article 110 Obligaciones sobre calidad y facturación
- Article 111 Modificación de ofertas
- Article 112 a 119 Arts. 112 a 119
- Article 112 Facturación del servicio telefónico
- Article 113 Derecho de desconexión de determinados servicios
- Article 114 Conservación de los números telefónicos por los abonados
- Article 115 Derecho a indemnización por la interrupción temporal del servicio telefónico disponible al público
- Article 116 Regulación de determinados aspectos del servicio telefónico disponible al público
- Article 117 Depósitos de garantía
- Article 118 Suspensión temporal del servicio telefónico disponible al público desde una ubicación fija
- Article 119 Interrupción definitiva del servicio telefónico disponible al público desde una ubicación fija
- Article 120 Derecho a compensación por la interrupción temporal del servicio de acceso a Internet
- Provision adicional única Cálculo del coste neto del servicio universal en caso de recepción de ayudas
- Provision transitoria primera Títulos habilitantes para la prestación de servicios y el establecimiento de redes de comunicaciones electrónicas anteriores a este reglamento
- Provision transitoria segunda Régimen transitorio aplicable al servicio universal
- Provision transitoria tercera Vigencia de la Orden CTE/711/2002, de 26 de marzo, del Real Decreto 903/1997, de 16 de junio, y de la Orden de 14 de octubre de 1999
- Provision transitoria cuarta Prestación de los servicios a los que se refiere la disposición transitoria cuarta de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones
- Provision transitoria quinta Obligaciones de servicio público del servicio portador de televisión analógica
- Provision transitoria sexta Plazo para el cumplimiento de los requisitos en materia de interceptación legal de las comunicaciones
- Provision transitoria séptima Guías de servicios de comunicaciones electrónicas
- Provision transitoria octava Derechos de los consumidores y usuarios
- Provision transitoria novena Disposiciones relativas a la prestación de las facilidades de identificación de la línea de origen o de la línea conectada
- Provision final única Modelo de declaración normalizada