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Real Decreto 950/2005, de 29 de julio, de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Real Decreto 950/2005es-royal-decree-2005-07-29-950Jul 30, 2005

Retribuciones

  1. Preamble Preámbulo
  2. Article 1 Ámbito de aplicación
  3. Article 2 Conceptos retributivos
  4. Article 3 Retribuciones básicas
  5. Article 4 Retribuciones complementarias
  6. Article 5 Otras retribuciones e indemnizaciones
  7. Article 6 Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil en situación de reserva
  8. Article 7 Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía en la situación de segunda actividad
  9. Article 8 Retribuciones de los alumnos de las academias y centros de enseñanza de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
  10. Article 9 Absorción de retribuciones anteriores
  11. Provision adicional primera Grado personal de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía
  12. Provision adicional segunda
  13. Provision adicional tercera
  14. Provision adicional cuarta Retribuciones del personal que participe o coopere en asistencia técnica policial, operaciones de mantenimiento de la paz y seguridad, humanitarias o de evacuación de personas en el extranjero
  15. Provision adicional quinta Retribuciones del personal en situación de segunda reserva
  16. Provision adicional sexta Retribuciones del personal en situación de reserva por aplicación de la disposición transitoria tercera.1 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre
  17. Provision adicional séptima Retribuciones del personal que a la entrada en vigor de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, se encontraba en la situación de reserva
  18. Provision adicional octava Determinación del complemento de destino para determinados supuestos del Cuerpo de la Guardia Civil
  19. Provision transitoria única Ajustes en otros complementos retributivos del Cuerpo de la Guardia Civil y del Cuerpo Nacional de Policía
  20. Provision derogatoria única Derogación normativa
  21. Provision final primera Facultades de desarrollo
  22. Provision final segunda Modificaciones presupuestarias
  23. Provision final tercera Entrada en vigor