Real Decreto 1737/2010

Real Decreto 1737/2010, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las inspecciones de buques extranjeros en puertos españoles.

Preamble Preámbulo

Article único

Provision adicional primeraActualización del anexo XII

Provision adicional segundaCooperación de servicios de sanidad exterior

Provision derogatoria únicaDerogación normativa

Provision final primeraTítulo competencial

Provision final segundaIncorporación de derecho de la Unión Europea

Provision final terceraHabilitación normativa

Provision final cuartaEntrada en vigor

Annex UNICO

Article 1Objeto

Article 2Definiciones

Article 3Ámbito de aplicación

Article 4Órganos de inspección

Article 5Sistema de inspección y compromiso anual de inspección

Article 6Reglas para el cumplimiento del compromiso de inspección

Article 7Reglas para una cuota de inspección equilibrada en la Unión Europea

Article 8Aplazamiento de las inspecciones y circunstancias excepcionales

Article 9Notificación de la llegada de buques

Article 10Perfil de riesgo del buque

Article 11Frecuencia de las inspecciones

Article 12Selección de los buques para su inspección

Article 13Inspecciones iniciales e inspecciones más detalladas

Article 14Inspecciones ampliadas

Article 14 bisInspección de buques de pasaje de transbordo rodado y naves de pasaje de gran velocidad efectuada durante la navegación de línea regular

Article 15Directrices y procedimientos en materia de seguridad y protección marítima

Article 16Medidas de denegación de acceso a determinados buques

Article 17Entrega al capitán del informe de la inspección

Article 18Denuncias

Article 18 bisProcedimientos para quejas en tierra relacionadas con el CTM 2006

Article 19Rectificación de deficiencias e inmovilización

Article 20Procedimiento especial sumario de retención de buques

Article 21Recursos

Article 22Seguimiento de las inspecciones e inmovilizaciones

Article 23Perfil profesional de los inspectores

Article 24Informes de los prácticos y de las autoridades portuarias

Article 25Base de datos de inspecciones

Article 26Intercambio de información y cooperación

Article 27Reembolso de los costes

Article 28Datos que deberán suministrarse para el seguimiento de la aplicación de este Reglamento

Article 29Infracciones y sanciones