Real Decreto 1388/2011

Real Decreto 1388/2011, de 14 de octubre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 2010/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de junio de 2010 sobre equipos a presión transportables y por la que se derogan las Directivas 76/767/CEE, 84/525/CEE, 84/526/CEE, 84/527/CEE y 1999/36/CE.

Preamble Preámbulo

Article 1Objeto y ámbito de aplicación

Article 2Definiciones

Article 3Requisitos adicionales

Article 4Obligaciones de los fabricantes

Article 5Representantes autorizados

Article 6Obligaciones de los importadores

Article 7Obligaciones de los distribuidores

Article 8Obligaciones de los propietarios

Article 9Obligaciones de los usuarios

Article 10Casos en los que las obligaciones de los fabricantes se aplican a los importadores y distribuidores

Article 11Identificación de los agentes económicos

Article 12Conformidad de los equipos a presión transportables y evaluación de la misma

Article 13Principios generales del marcado Π

Article 14Reglas y condiciones para la colocación del marcado Π

Article 15Libre circulación de equipos a presión transportables

Article 16Autoridad notificante

Article 17Obligación de información de las autoridades notificantes

Article 18Requisitos relativos a los organismos notificados

Article 19Solicitud de notificación

Article 20Procedimiento de notificación

Article 21Cambios en la notificación

Article 22Cuestionamiento de la competencia de organismos notificados

Article 23Obligaciones operativas de los organismos notificados

Article 24Obligación de información de los organismos notificados

Article 25Intercambio de experiencias

Article 26Coordinación de los organismos notificados

Article 27Procedimiento en el caso de equipos a presión transportables que plantean un riesgo a nivel nacional

Article 28Procedimiento de salvaguardia de la Unión Europea

Article 29Equipo a presión transportable conforme que entraña algún riesgo para la salud y la seguridad

Article 30Incumplimiento formal

Article 31Aplicación de los procedimientos de emergencia

Article 32Priorización de la evaluación de la conformidad de los equipos a presión transportables designados como bienes pertinentes para crisis

Article 33Excepción a los procedimientos de evaluación de la conformidad que requieren la participación obligatoria de un organismo notificado

Article 34Priorización de las actividades de vigilancia del mercado y asistencia a otras autoridades de vigilancia del mercado

Provision adicional primeraReconocimiento de la equivalencia

Provision adicional segundaInspecciones periódicas

Provision adicional terceraComunicación de actuaciones

Provision adicional cuartaCompetencias del Ministerio de Defensa

Provision transitoria únicaRevaluación de la conformidad

Provision derogatoria únicaDerogación

Provision final primeraModificación del Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Equipos a Presión y sus instrucciones técnicas complementarias

Provision final segundaTítulo competencial

Provision final terceraHabilitación normativa

Provision final cuartaEntrada en vigor