Real Decreto 1388/2011

Real Decreto 1388/2011, de 14 de octubre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 2010/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de junio de 2010 sobre equipos a presión transportables y por la que se derogan las Directivas 76/767/CEE, 84/525/CEE, 84/526/CEE, 84/527/CEE y 1999/36/CE.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto y ámbito de aplicación

Articolo 2Definiciones

Articolo 3Requisitos adicionales

Articolo 4Obligaciones de los fabricantes

Articolo 5Representantes autorizados

Articolo 6Obligaciones de los importadores

Articolo 7Obligaciones de los distribuidores

Articolo 8Obligaciones de los propietarios

Articolo 9Obligaciones de los usuarios

Articolo 10Casos en los que las obligaciones de los fabricantes se aplican a los importadores y distribuidores

Articolo 11Identificación de los agentes económicos

Articolo 12Conformidad de los equipos a presión transportables y evaluación de la misma

Articolo 13Principios generales del marcado Π

Articolo 14Reglas y condiciones para la colocación del marcado Π

Articolo 15Libre circulación de equipos a presión transportables

Articolo 16Autoridad notificante

Articolo 17Obligación de información de las autoridades notificantes

Articolo 18Requisitos relativos a los organismos notificados

Articolo 19Solicitud de notificación

Articolo 20Procedimiento de notificación

Articolo 21Cambios en la notificación

Articolo 22Cuestionamiento de la competencia de organismos notificados

Articolo 23Obligaciones operativas de los organismos notificados

Articolo 24Obligación de información de los organismos notificados

Articolo 25Intercambio de experiencias

Articolo 26Coordinación de los organismos notificados

Articolo 27Procedimiento en el caso de equipos a presión transportables que plantean un riesgo a nivel nacional

Articolo 28Procedimiento de salvaguardia de la Unión Europea

Articolo 29Equipo a presión transportable conforme que entraña algún riesgo para la salud y la seguridad

Articolo 30Incumplimiento formal

Articolo 31Aplicación de los procedimientos de emergencia

Articolo 32Priorización de la evaluación de la conformidad de los equipos a presión transportables designados como bienes pertinentes para crisis

Articolo 33Excepción a los procedimientos de evaluación de la conformidad que requieren la participación obligatoria de un organismo notificado

Articolo 34Priorización de las actividades de vigilancia del mercado y asistencia a otras autoridades de vigilancia del mercado

Disposizione adicional primeraReconocimiento de la equivalencia

Disposizione adicional segundaInspecciones periódicas

Disposizione adicional terceraComunicación de actuaciones

Disposizione adicional cuartaCompetencias del Ministerio de Defensa

Disposizione transitoria únicaRevaluación de la conformidad

Disposizione derogatoria únicaDerogación

Disposizione final primeraModificación del Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Equipos a Presión y sus instrucciones técnicas complementarias

Disposizione final segundaTítulo competencial

Disposizione final terceraHabilitación normativa

Disposizione final cuartaEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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